Manejar bajo la influencia de alcohol es un delito muy común, por lo que la legislación de California contempla sanciones más severas según la cantidad de veces que se haya obtenido una condena por el delito de DUI, ya que algunas personas incluso llegan a una cuarta ofensa, evaluaremos las particularidades que esto conlleva. 

Si ha sido acusado de cometer este hecho punible, debe contar con la asesoría de abogados altamente capacitados, siendo el mejor servicio el de la firma de abogados de defensa criminal de Orange County Criminal Attorney Law Firm, localizada en Orange County, California. Con nosotros podrá resultar lo menos perjudicado posible de estos hechos ya que implementaremos una estrategia de defensa que le permita obtener un resultado favorable.

¿Qué debe probar el fiscal?

El fiscal debe presentar las evidencias que demuestren la existencia de todos los elementos que requiere el delito más allá de toda duda razonable para que se dicte una sentencia condenatoria. Ahora bien, estos elementos son los siguientes:

  • El acusado estaba conduciendo. Para que se verifique este elemento el acusado debe haber tenido el control físico del vehículo en el momento en que se encontraba bajo la influencia de sustancias alcohólicas, de modo que el fiscal tratará de presentar evidencias que apunten a que el motor del vehículo estaba encendido y que usted lo manejaba.

Suele ocurrir que el policía asuma que usted estaba conduciendo porque lo encuentra en su vehículo ebrio, pero si realmente no estaba conduciendo, sino que estaba detenido durmiendo o haciendo cualquier otra cosa, podría resultar inocente o incluso se podría lograr que sus cargos sean desestimados.

  • El acusado se encontraba bajo la influencia de alcohol o drogas. Para los mayores de 21 años el límite legal de la concentración de alcohol en la sangre es menor a 0.08%, por lo que, si su BAC era de este porcentaje o mayor, el fiscal presentará los resultados de las pruebas químicas de aliento, sangre u orina.

Además, se suelen realizar pruebas de sobriedad en el campo para evaluar si la persona está afectada físicamente por sustancias alcohólicas, entre estas se le pide que camine en una línea recta, siga un objeto con sus ojos o se pare en una pierna.  Además, el policía evaluará si presenta algún síntoma que pueda ser un indicio de ebriedad, como ojos irritados y rojos, dificultad al hablar, olor a alcohol, ojos llorosos, caminar sin equilibrio y su forma de conducir.

Sin embargo, como la prueba de los resultados del BAC es más determinante que probar que se encontraba afectada físicamente a través de los síntomas que muestre al momento del arresto, muchas veces esto no es suficiente para declarar la culpabilidad del acusado, por lo cual, el fiscal suele imputar dos cargos por este delito, uno fundado en el resultado elevado del BAC y el otro se fundamenta en que se encontraba afectado, ya que si uno no prospera, todavía existe la posibilidad de que se declare su culpabilidad por el otro cargo imputado.

  • Condenas anteriores. El delito requiere que el acusado tenga 3 o más condenas anteriores por cualquier delito de DUI o relacionado con éste, pero esas condenas deben haber sido dictadas en los últimos 10 años para que se verifique este elemento. Además, debemos tener en cuenta que, si algunas de esas condenas no fueron dictadas en el estado de California no contará como una condena previa si la legislación de ese estado tenía parámetros legales distintos para el delito de DUI. Por otro lado, si ha sido condenado, pero obtuvo un expungement, de igual forma se considerará como una condena previa.

Para demostrar de manera suficiente la existencia de las condenas previas el fiscal puede presentar los documentos del DMV en el que se haga referencia a esto, además de registros de asistencia o certificados de culminación de los programas educativos de DUI.

¿Qué es la audiencia del DMV?

Esta audiencia se diferencia del juicio penal porque sólo tiene como fin determinar si el arresto es válido y por lo tanto se debe suspender la licencia. Por otro lado, es presidida por un oficial de audiencia de DMV y aunque no son tan formales como un juicio, en estas también tiene el derecho de revisar y debatir la evidencia, presentar y citar de testigos, interrogar a los testigos presentados por la fiscalía y testificar en su propio nombre. Además, podrá ser representado por un abogado, quien puede solicitar la audiencia y presentarse a ella sin que usted tenga que hacerlo, aunque también es común que se lleve a cabo por vía telefónica.

Ahora bien, cuando se lleva a cabo el arresto el policía confiscó su licencia de conducir y le entregará una licencia temporal que tiene una duración de 7 días, de manera que, en los 10 días siguientes al arresto usted debe solicitar la audiencia del DMV para ejercer una defensa orientada a que su licencia no sea suspendida.  Si no solicita la licencia dentro de esos 10 días perderá el derecho a hacerlo y se suspenderá su licencia de conducir por 4 años. Sin embargo, si solicita la audiencia y gana, pero luego es declarado culpable en el proceso penal, el juez puede suspender su licencia.

Luego del periodo de suspensión de su licencia deberá cumplir con una serie de requisitos para obtener una nueva, entre estos se encuentran someterse a un nuevo examen de conducción, y pagar la tarifa para la emisión de la licencia. Además, debe haber completado el periodo del régimen de libertad condicional que se le ha impuesto, presentar prueba de haber completado el programa educativo de DUI y el tratamiento de rehabilitación de alcohol. Si se aprueba la emisión de su licencia de conducir deberá instalar un IDD en su vehículo que debe ser costeado por usted en cuanto a su instalación y mantenimiento.

En cuanto a las sanciones administrativas, debemos mencionar que la condena tendrá como consecuencia que el DMV lo designe como un Infractor del Tráfico Habitual (HTO) por 3 años, durante los cuales deberá tener instalado un dispositivo de bloqueo de encendido (IDD) en su vehículo, el cual es un alcoholímetro que se encuentra vinculado con el motor de su vehículo, y requiere de pruebas de aliento para encenderlo o continuar conduciendo. Si detecta alcohol, no se encenderá el motor del vehículo. Si no lo instala esto puede conducir a un nuevo arresto y la imposición de sanciones mayores.

Ya que el procedimiento administrativo de DMV y el juicio penal son dos procedimientos distintos, ganar la audiencia del DMV, no significa que recibirá una sentencia favorable en el juicio penal. Sin embargo, muchas veces se suelen tomar en consideración los testimonios de los testigos y las demás evidencias presentadas en la audiencia del DMV y esto puede conducir a que sus cargos sean desestimados o pueda celebrar un acuerdo con la fiscalía para que sean reducidos.

¿Cuáles defensas pueden argumentarse en el juicio?

Entre las defensas que puede alegar su abogado en el juicio se encuentran las siguientes:

  • Inexistencia de causa probable. Para que el arresto sea legal, el policía debe haber llevado a cabo el arresto ante la existencia de una causa probable, es decir, que tenía razones suficientes y claras para creer que usted estaba conduciendo en un estado de ebriedad. Ahora bien, si la policía simplemente lo asume, esto no sería suficiente para que la detención haya sido válida.

Asimismo, entre los actos que pueden otorgar una causa probable para el arresto se encuentra la violación de cualquier ley de tráfico, como conducir muy lento, conducir a exceso de velocidad, cambiar de carriles frecuentemente o no obedecer las señales de tráfico. Por otro lado, dar vueltas ilegalmente, conducir de noche con los faros apagados o desviarse de dirección abruptamente también justificaría una detención por parte de la policía. Si luego de esto se revisa su vehículo, le realizan pruebas de sobriedad en el campo y se evalúan sus síntomas físicos, entonces existía una causa probable.

Por el contrario, si no existía una razón legal para su detención, entonces su abogado puede argumentar esto en el juicio para que sus cargos sean desestimados o se declare su inocencia.

  • La prueba del BAC no fue realizada correctamente. El título 17 del Código de Regulaciones de California establece una serie de directrices que deben regir el procedimiento de las pruebas químicas de sangre, aliento y orina que se utilizan para determinar el BAC. Estas disposiciones hacen referencia a la capacitación que debe tener la persona que las administran, y regulan la revisión y mantenimiento que debe dársele a los instrumentos con los cuales se realizan las pruebas. Si alguna de estas disposiciones se incumple, entonces su abogado puede alegar que la prueba no es confiable para probar la concentración de alcohol en la sangre que tenía en el momento de los hechos, y al contrariar este elemento del delito, esta defensa puede ser muy útil para que no resulte culpable.

Además, existen factores externos que pueden conducir a un resultado de BAC elevado que es falso, entre estos debemos mencionar la presencia de ciertas enfermedades tales como la hernia discal, el reflujo gastroesofágico o la acidez estomacal, ya que estas producen que se concentre una cantidad de alcohol sin absorber en la boca. Por su parte, la diabetes, la hipoglucemia y estar en una dieta alta en proteínas y baja en carbohidratos también pueden influir, ya que en todos estos casos el organismo produce unas sustancias químicas llamadas cetonas, que el alcoholímetro suele confundir con alcohol.

  • El policía que llevó a cabo el arresto incumplió el procedimiento. Según la Constitución de los Estados Unidos, el oficial de policía tiene la obligación de leerle los derechos Miranda al sospechoso luego del arresto y antes de llevar a cabo cualquier interrogatorio. Estos son, el derecho a ser asistido por un abogado y el derecho a permanecer callado, ya que cualquier cosa que diga durante el interrogatorio puede ser utilizada en su contra.

Ahora bien, es muy importante tener en cuenta que antes del arresto el oficial no tiene la obligación de leerle los derechos Miranda para realizar sus preguntas y las declaraciones que realice pueden ser usadas válidamente en el juicio. En cualquier caso, lo más conveniente que debe hacer ante un interrogatorio es negarse cordialmente a responder las preguntas y contactar a un abogado.

Si por el contrario, el policía utiliza como evidencia en el juicio declaraciones hechas por usted durante un interrogatorio ilegal, entonces su abogado puede solicitar una audiencia de supresión, en la cual le pide al juez que se excluya del juicio las evidencias obtenidas de dicho interrogatorio., ante esto, la fiscalía no tendrá suficientes pruebas para sostener el cargo y puede conllevar a que sea desestimado.

  • Incumplimiento del procedimiento para presentar evidencias. Las pruebas presentadas por parte de la fiscalía deben seguir un procedimiento, además de ser admisibles y pertinentes. Por lo cual, si la policía presenta una prueba que incumple con la normativa legal o no ofrece certeza sobre los hechos que se intentan probar, su abogado puede argumentarlo en el juicio para que no se tome en cuenta. Por ejemplo, los testimonios sobre la personalidad del acusado son pruebas inadmisibles. Por su parte, un material audiovisual que establezca una fecha u hora distinta a la de la comisión de los hechos o en donde no aparezca el acusado, no es una prueba pertinente para demostrar los hechos debatidos en el juicio.
  • Pruebas de sobriedad en el campo realizadas de forma incorrecta. Existen ciertos factores que pueden influir en que el individuo no haya pasado la prueba de sobriedad en el campo que no están relacionados con estar en un estado de ebriedad, entre estos se encuentran los factores climáticos, como la nieve o la lluvia, y los factores físicos, como tener un resfriado, una enfermedad o estar fatigado, de manera que, su abogado puede alegar la presencia de alguno de estos factores para contradecir que usted estuviera afectado por las sustancias alcohólicas.

Además, puede argumentar la falta de capacitación o experiencia del oficial que efectuó la prueba o que este no siguió el procedimiento establecido para las mismas, con lo cual no serán válidas.

¿Cuáles sanciones se imponen en la sentencia condenatoria?

Para que la fiscalía impute este cargo como delito mayor, debe demostrar que existen 3 condenas anteriores por un DUI o por cualquier delito relacionado en los últimos 10 años, que pueden ser cualquiera de los siguientes:

  • Conducir bajo la influencia de drogas o alcohol. Artículo 23152(a) VC.
  • Conducir con una concentración de alcohol en la sangre del 0.08% o mayor. Artículo 23152(b) VC.
  • Ser titular de una Licencia de Conducir Comercial (CDL) y conducir con una concentración de alcohol en la sangre de 0.04% o mayor. Artículo 23152 (e).
  • Conducir bajo la influencia de una mezcla de alcohol y drogas. Artículo 23152 (f).
  • Conducción imprudente con presencia de alcohol. Artículo 23103.5.
  • Haber sido condenado por cualquier delito relacionado con DUI y haber obtenido un expungement.
  • Haber sido condenado por cualquier delito relacionado por DUI en otro estado de Estados Unidos.

Las sanciones que se imponen por la comisión de este delito dependerá de las circunstancias específicas de su caso. Estas incluyen una pena privativa de libertad de 16 meses, 2 años o 3 años en la prisión estatal, multas cuyos montos oscilan entre los 390 y los 1.000 dólares, la imposición de un régimen de libertad condicional de 3 a 5 años, la obligación de someterse a un programa educativo de DUI por un periodo de 30 meses y el deber de cumplir con un tratamiento de rehabilitación de drogas y alcohol. Además, se revocará su licencia de conducir por un periodo de 4 años, aunque desde 2018 existe la posibilidad de que continúe conduciendo si mantiene instalado un IDD en su vehículo por 3 años.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que existen circunstancias agravantes que pueden aumentar su pena, estas son las siguientes:

  • Provocar la muerte de un individuo conlleva a la imposición de una pena privativa de libertad en una prisión estatal de 16 meses a 6 años. Además, este factor agravante permite que sea condenado por asesinato de Watson, con lo cual se impondría una pena que puede ser hasta de cadena perpetua.
  • Provocar una lesión a alguien tendrá como consecuencia la imposición de una pena privativa de libertad de dos años en la prisión estatal, pero puede alcanzar los 6 años si la lesión causada fue grave.
  • La presencia de un menor de 14 años en el vehículo en el momento de la comisión de los hechos acarrea una pena privativa de libertad de 90 días en la cárcel del condado o en la prisión estatal, aunque también puede tener como consecuencia la imputación del delito de peligro infantil, lo que acarrea una pena hasta de 6 años en la prisión estatal.
  • Conducir a exceso de velocidad acarrea una pena privativa de libertad adicional de 60 días en la cárcel del condado.
  • Negarse a someterse a las pruebas que determinan el BAC acarrea un periodo adicional de 18 días en la cárcel del condado.

¿Cuáles delitos están vinculados con éste?

  • Primera Ofensa de DUI. Artículo 23152 CP. Consiste en manejar con un porcentaje de alcohol en la sangre de 0.08% o más. Se considera un delito menor, cuyas sanciones incluyen la suspensión de su licencia de conducir por 6 meses, una pena privativa de libertad de 6 meses en la cárcel del condado, la obligación de asistir a un programa educativo de alcohol certificado por el Tribunal por 3 a 9 meses y la imposición de un régimen de libertad condicional sumaria de 3 a 5 años. Además, deberá instalar un IDD en su vehículo por hasta 6 meses y pagar multas que oscilan entre los 390 y 1.000 dólares, aunque podrían alcanzar los 2.000 dólares con el valor agregado según el condado.
  • Segunda Ofensa de DUI. Si tiene una condena por DUI y dentro de los 10 años siguientes vuelve a incurrir en este delito, se imputará como una segunda ofensa de DUI. Las sanciones para este hecho punible serán una pena privativa de libertad hasta por un año, libertad condicional sumaria de 3 a 5 años y la obligación de instalar un IDD en su vehículo por un año. Además, debe completar un periodo de 18 a 30 meses en una escuela de DUI certificada por el Tribunal y pagar multas por un monto que oscila entre los 390 y 1.000 dólares, pero pueden alcanzar un monto de 2.000 dólares con el valor agregado.
  • Tercera Ofensa de DUI. Para que se impute el DUI como una tercera ofensa, no deben haber pasado más de 10 años desde que cometió la segunda ofensa de En cuanto a las sanciones, es un delito menor que conlleva una pena privativa de libertad en la cárcel del condado por un periodo de 120 días a un año y la imposición de un régimen de libertad condicional sumaria por un periodo de 3 a 5 años. Además, tendrá la obligación de instalar un dispositivo de bloqueo de encendido (IDD) en su vehículo hasta por 2 años, pagar multas cuyo monto oscila entre 2.500 y 3.000 dólares, y someterse a un programa educativo de DUI por un periodo de 30 meses. Por otro lado, el DMV puede revocar su licencia de conducir por 3 años si pierde la audiencia. Cabe destacar que existen circunstancias agravantes que pueden traer como consecuencia la imposición de penas mayores.
  • DUI que cause un daño. De conformidad con el artículo 23153 CP, si al incurrir en un DUI provoca que alguien resulte herido, se imputará este delito. Asimismo, se considera un wobbler, de manera que puede ser imputado como delito menor o delito mayor según las circunstancias del caso.

Como delito menor acarrea una pena privativa de libertad en la cárcel del condado hasta por un año, la imposición de un régimen de libertad condicional sumaria de 3 a 5 años y multas entre 390 y 5.000 dólares. Además, acarrea la suspensión de su licencia de conducir por un periodo de 1 o 3 años, la obligación de someterse a un programa educativo de alcohol por un periodo de 3,9,18 o 30 meses y el pago de una indemnización a la víctima.

Por el contrario, si recibe una condena por delito mayor se revocará su licencia de conducir por 5 años, se le designará como Infractor del Tráfico Habitual por 3 años y se le impondrán multas entre 1.015 y 5.000 dólares. Además, tendrá la obligación de someterse a la escuela de DUI por un periodo de 18 o 30 meses y se impondrá una pena privativa de libertad en una prisión estatal de 2, 3 o 4 años, aunque esta puede aumentar significativamente con la imposición de penas adicionales según el grado de la herida causada o la cantidad de personas que sufrieron lesiones.

¿Cómo encontrar un abogado cerca de mí?

Enfrentar una acusación por este delito puede ser una situación difícil, ya que corre el riesgo de ser privado de su libertad, perder su licencia de conducir, y tener que enfrentarse al pago de multas por montos muy elevados. Por esta razón debe contactarnos lo antes posible, somos su mejor opción ya que contamos con una extensa trayectoria profesional y nos encargaremos de evaluar su caso con el fin de implementar la estrategia de defensa más conveniente para lograr que sus cargos sean reducidos, desestimados, o se le impongan penas menores.

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