De ser menor a 18 años e infringir en reiteradas oportunidades la norma sobre una posesión de cannabis no superior a 28.5 g o de 8g de hachís es probable que enfrente sanciones como hacer veinte (20) horas de trabajo social y tomar terapia durante seis (6) horas. Pero si su edad es de 18 años a 21 años es probable que sea multado con máximo 100$. De cometer varias infracciones al segmento 11357 HS probablemente deba tomar terapia por 10 horas y hacer trabajo social por máximo sesenta (60) horas siempre y cuando sea menor a 18 años y tengas cannabis en una cantidad superior a 28.5 g de cannabis o a 8 g de cannabis de tipo concentrado. Si su edad supera los 18 años exceder una posesión de sustancia superior a las cantidades mencionadas puede acarrear encarcelamiento durante 6 meses y multa por 500$, no obstante pueden imponerse ambas de modo conjunto.

Si su edad supera los 18 años y posee condenas previas bajo el segmento en estudio probablemente sea multado con un máximo de 500$ si es sorprendido bajo posesión de cannabis que supera los 28.5g o de hachís que excede los 8g siempre y cuando tal acto ocurra en instalaciones escolares y en horario escolar, adicionalmente también se podrá imponer una pena de encarcelamiento por 10 días en una cárcel perteneciente al condado o que se impondrán las dos sanciones a la vez. Pero cuando el mismo acto es ejecutado por menores de edad las medidas disciplinarias disponibles son tomar terapia por máximo diez (10) horas y hacer trabajo social por el tiempo máximo de sesenta (60) horas.

Si enfrenta cargos por posesión de marihuana en Orange County, CA es importante que contacte a un abogado que lo asista durante todo el procedimiento judicial, a tal propósito los mejores abogados del condado puedes encontrarlos en Orange County Criminal Attorney Law Firm.

Una defensa exitosa requiere muchas, muchas partes. Habilidad, experiencia, dedicación, pasión, celo, solo por nombrar algunos. Aquí, en los Abogados Penales del Condado de Orange, comprendemos la naturaleza multifacética de una buena defensa y nos esforzamos por ofrecer lo mejor.

Somos un bufete de abogados con experiencia; durante muchos años de experiencia practicando únicamente en defensa criminal.

Eso no es todo. Además de nuestra amplia experiencia, también entendemos la importancia de la atención personalizada, que produce dedicación, pasión y, a su vez, resultados favorables. Damos a cada uno de nuestros clientes el correo electrónico personal y los números de teléfono celular de nuestros abogados. Estamos disponibles para responder preguntas por la noche, durante los fines de semana o incluso durante las vacaciones. Esto se debe a que apreciamos la importancia de la atención al cliente.

Nuestra dedicación a nuestros clientes, a su vez, ayuda a nuestros clientes a estar absolutamente preparados para su día en la corte. Conoceremos tus necesidades. Conoceremos tus inquietudes. Sabremos lo que TÚ quieres.

En definitiva, queremos combinar la experiencia y la habilidad con la dedicación y el celo; de esta manera, podemos asegurar el mejor resultado posible en cada caso. Una gran defensa es el fruto de muchas partes, y nuestro objetivo es brindar a nuestros clientes todas las partes necesarias para un día exitoso en la corte.

¿Qué estipula el segmento 11357 HS?

En California se hizo legal usar marihuana con fines recreativos, pero eso no significa que un individuo no esté en posibilidad de ser penado por posesión de cannabis o marihuana.

Por su lado el segmento 11357 HS estipula que son conductas criminales las mencionadas adelante:

  • Poseer cantidades de cannabis que excedan de 28.5 g de marihuana o de 8g de cannabis.
  • Que un individuo cuya edad no es aún de 21 años esté en posesión de marihuana o de cannabis, siempre que no resulte utilizable una ley relacionada al uso medicinal de la marihuana.
  • Que un individuo posea marihuana alrededor de terrenos escolares en el horario habitual de sus funciones.

¿Qué elementos se requieren para que un individuo pase a ser condenado bajo el segmento 11357 HS?

Un individuo que enfrenta cargos bajo la norma 11357 HS solo estará en posibilidad de ser condenado si la fiscalía competente logra dejar en evidencia que el mismo cumplió ciertos elementos, los cuales se exigen para poder emitir una condena por el crimen en cuestión.

Tome en cuenta que los elementos deben ser cubiertos en su totalidad, no basta con que se cumplan solo algunos de ellos para que un individuo pase a ser condenado por el crimen, ya que en caso contrario los cargos deben ser destinados al menos bajo el segmento 11357 HS.

Entre elementos están:

  • El individuo acusado estaba en posesión ilegal de marihuana o de hachís.
  • El individuo acusado tenía total conocimiento sobre el hecho de que dicha sustancia estaba allí.
  • El individuo acusado estaba en total conocimiento sobre que era una sustancia sujeta a control estatal.
  • La marihuana o el hachís hallado tenían un peso que excede los5 o los 8 gramos.

A continuación tiene un ejemplo:

Luisa quien no tiene fijada su residencia en el territorio de california se traslada a ese Estado para trabajar, ella concreta una compra por 8g de marihuana teniendo total conocimiento sobre que en California se legalizó la marihuana, viniendo de un lugar donde es ilícito el uso de tal sustancia. Por otro lado el comercio a cargo de la venta nunca pidió a Luisa una identificación por ende no pudieron percatarse de que tiene 18 años. Ese mismo día Luisa es arrestada por cometer un crimen que no guarda relación con dicha sustancia, pero el agente que ejecutó el arresto la sorprende en posesión de la misma, lo que significa que Luisa además tendrá que enfrentar cargos adicionales por infringir el segmento 11357 HS. Frente a ese escenario Luisa le surge la siguiente inquietud ¿podrá ser condenada por cometer un crimen vinculado a drogas?

En relación a tal inquietud, aunque es legal consumir y tener marihuana en California un menor de 21 años no puede llevar a cabo tal acción. Tome en cuenta que se puede decir que Luisa estaba en pleno conocimiento sobre la existencia de la droga y además la cantidad en su poder supera la permitida por la legislación. En definitiva aun cuando ciertos actos vinculados a la marihuana son permitidos en California dada la situación Luisa puede ser condenada por vulnerar la norma 11357 HS.

¿Qué consagra la propuesta 215 sobre la marihuana y su uso medicinal?

En el año 1996 se aprobó en California la propuesta 215 que es una ley relativa al uso compasivo, la cual hace legal usar y poseer marihuana. Seguidamente la propuesta 215 se agregó al HS en el segmento 11362.5

La propuesta 215 hace legal que se use la marihuana bajo estricta prescripción médica, por ende para que su uso sea legítimo se requiere que sea diagnosticado un trastorno o estado de salud importante.

Dicha normativa hace posible que un individuo solicite y reciba una identificación que lo avale como usuario de marihuana medicinal, pero ello sólo es posible previo el cumplimiento de determinados requisitos. Este instrumento se debe pedir en los organismos competentes de salud del condado. Pero no obstante dicho instrumento no está disponible en todos los condados. Ahora bien, este tipo de instrumento permite que un individuo pueda: poseer, trasladar, consumir y hasta producir mariguana lícitamente, no obstante quien cuenta con tal identificación probablemente deba pagar impuestos devengados por venta y uso. Tome en cuenta que así como contrae beneficios esta identificación de igual modo conlleva restricciones, entre ellas: No permite concretar ventas de marihuana, no permite regalar marihuana, únicamente se autoriza su posesión para fines personales.

Continuando, cuando se trata de la cantidad que un individuo puede tener en su poder de marihuana al contar con este tipo de identificación la misma es de ocho (8) onzas de flor seca. También se aprueba un cultivo máximo de seis (6) plantas maduras y de doce (12) inmaduras. Aunado a ello este tipo de identificación permite trasladar cantidades de marihuana razonables, así como la posesión y consumo de marihuana o hachís.

Entre las conductas restringidas se pueden mencionar:

  • Consumir la sustancia donde no está permitido fumar.
  • Fumar la sustancia en centro juveniles, escuelas o en las cercanías de su terreno.
  • Consumir tal sustancia mientras se manejan autos a motor, embarcaciones o autobuses escolares.

Nota

Quien tenga el objetivo de ejercer la función de cuidador principal sobre otro puede obtener una identificación. A tal efecto el interesado debe tener al menos 18 años, ser la persona a cargo del hogar, salud o cuidados del enfermo, pero además que este último logré reconocerlo como cuidador principal.

¿Qué consagra la propuesta 64 sobre la marihuana y su legalización?

Cuando se aprobó la propuesta 64 en California que entró en vigor en el 2018 se legalizó la posesión, así como el consumo de la marihuana por parte de los particulares. A su vez se legalizó también la venta por parte de empresas de este tipo de sustancia.

Según esta regulación sólo es válido adquirir, consumir, comercializar y exportar marihuana por parte de los mayores a la edad de 21 años. Pero la posesión y el traslado de la sustancia se reduce solo a 28.5g y 8 cuando es hachís. Tener una posesión que supera la señalada se considera un crimen menor, pero quienes tienen una edad menor a los 18 años pueden tomar terapia relacionada con drogas o hacer trabajo comunitario.

A parte de lo anterior, quien tenga 18 años o una edad superior y sea sorprendido poseyendo marihuana o consumiendo en el terreno de escuelas deberá pagar una multa de acuerdo a la propuesta 64, pero quien tenga una edad menor a la indiciada deberá tomar terapia vinculada a drogas y hacer trabajo comunitario. Tome en cuenta que solo es posible consumir marihuana donde está permitido de manera oficial, la restricción de edad es los 21 años y a parte no se venden cigarrillos ni alcohol.

Por su parte la limitación sobre posesión de sustancias como la marihuana para su venta se cambió específicamente por la propuesta 64, por ende quienes tengan marihuana bajo su control con el fin de venderla pueden ser procesadas por un delito menor, a no ser que hayan sido condenados anteriormente por alguna felonía, crimen sexual, o en dos oportunidades por tener marihuana destinada a la venta o que hayan vendido la droga a un menor de edad. Respecto al traslado, así como a la posesión de esta droga son actividades autorizadas pero sujetas a límites.

Si una persona es sorprendida trasladando marihuana sin contar con una licencia válida, puede ser acusada por cometer algún crimen menor, salvo que cuenten con condenas fundadas en la comisión de crímenes graves, sexuales, o mínimo dos condenas previas por poseer marihuana con fines de venta, salvo que hayan vendido tal sustancia a una persona cuya edad está por debajo de los 18 años, o haya realizado el traslado de una cantidad que excede de 28.5g de marihuana o de 8g de cannabis.

¿Qué mencionan las leyes de California sobre el cultivo de esta droga?

En concordancia con el segmento 11358 HS determinados actos como lo son plantar, cultivar, secar, cosechar o procesar marihuana engloba realizar cualquiera de esas acciones con una parte de una plantación de cannabis.

Bajo este segmento el crimen se considera un wobbler, lo que significa que puede ser juzgado como crimen menor o como una felonía lo cual se va a deducir de la situación. Escenarios como lo son: que un individuo viole las leyes tres veces o más, que acumule condenas anteriores por crímenes sexuales o generar perjuicios ambientales mencionados por la ley puede llevar a que el Juez emita una condena debido a una felonía. Tome en cuenta que la norma sobre reincidencia puede emplearse cuando se procesa un crimen bajo el segmento 11358 HS, lo que quiere decir que quien sea condenado por tres felonías de las mencionadas por la ley podrá ser condenado con encarcelamiento que dure 25 años como mínimo.

Quien sea condenado debido a cultivos de marihuana será castigado con cárcel por tres años y el pago de multas de máximo 10.000$

Considere que cuando se refiere a marihuana, ello no engloba tallos maduros inherentes a dicha planta, fibra que se genera desde esos tallos, su aceite, la torta que se genera desde la semilla de dicha planta, u otro componente, sal, manufactura, producto, combinación, aceite, semilla o fibra esterilizada no capaz de germinar.

Nota

La marihuana es cualquier parte que conforma una planta cannabis, independientemente de que esté o no en desarrollo, también abarca la resina, las semillas, sustancias químicas, sal, fabricación, derivados, compuestos o preparado de sus semillas, resina o plantas.

¿Qué penas están disponibles para castigar a quien infrinja la norma 11357 HS?

Si bien la propuesta 64 hizo algo lícito que individuos de 21 años o una edad superior tengan marihuana en cantidades pequeñas para uso recreacional o personal, esto no significa que una persona no pueda hacer frente a cargos por posesión simple de dicha sustancia.

Tome en cuenta que las acciones mencionadas adelante continúan siendo consideradas como criminales:

Posesión de más de una onza de marihuana

Poseer marihuana en una cantidad que excede de 28.5 g o hachís que supera 8g es considerado un crimen en California.

La mencionada conducta es procesada como crimen menor que conlleva como sanciones las siguientes:

  • Cárcel por seis meses (en el condado)
  • Pago de multa por máximo 500$

Pero cuando el involucrado que está en posesión de una cantidad que excede de 28.5 g o hachís que supera 8g solo puede ser acusado de llevar a cabo una infracción y por ende solo puede ser sancionado con terapia y el deber de prestar trabajo comunitario.

Posesión de hachís o de marihuana por menores

De acuerdo al segmento 11357 es un acto ilegal que los menores a 21 años tengan posesión de hachís o marihuana.

En dichos casos las penas disponibles son:

  • Pago de una multa por 100$, siempre y cuando el involucrado sea menor a 18 años.
  • 4 horas de terapia por drogas y trabajo comunitario por 10 horas, siempre y cuando el involucrado sea menor a 18 años.
  • 6 horas de terapia por drogas y trabajo comunitario por 20 horas, siempre y cuando el involucrado sea menor 18 años pero tenga condenas anteriores.

Posesión de marihuana en terrenos escolares

Según la propuesta 64 está restringida la posesión de marihuana o de hachís en los terrenos escolares, siempre que se encuentren en su horario habitual de trabajo, ya sea dando cumplimiento a la jornada escolar o a algún programa extracurricular.

Para adultos esta es una conducta procesada como rimen menor que puede ser penada del siguiente modo:

  • 1ra infracción acarrea el desembolso de máximo 250 debido a multa.
  • Los menores deben recibir terapia por drogas y rendir trabajo comunitario.

¿Si es acusado por cometer este crimen, cómo puedo actuar?

Enfrentar cargos debido a las drogas alude a una situación que es bastante compleja en el territorio de California. Por lo tanto un individuo acusado de poseer marihuana lo más razonable que debe hacer es contactar de inmediato a algún abogado capacitado que tenga experiencia respecto al asunto. Debe saber que un buen abogado puede negociar cargos y llegar a un convenio de culpabilidad, lograr la disminución de la condena, u obtener una anulación completa de la acusación.

Sin embargo sí fue acusado por este crimen ello no significa necesariamente que va a ser tomado como culpable y por lo tanto sancionado, la fiscalía primero debe dejar en   evidencia que ejecutó el crimen por el cual enfrenta cargos y que cumplió determinados elementos consagrados por la ley, de igual modo va a tener la oportunidad de defenderse del modo más oportuno posible, pero tal como se señaló es muy importante que intervenga un buen abogado para que analice el caso y arme una sólida defensa.

Nunca trate de defenderse solo, eso solo le traerá problemas si no tiene los conocimientos necesarios, puesto que los procesos judiciales están conformados por muchas formalidades y cualquier mínimo error puede terminar por enviarlo directamente a prisión.

Las defensas que más se usan en estos escenarios son:

  • El individuo acusado no era dueño de la droga.
  • El individuo acusado no tenía la posesión sobre la droga.
  • El individuo acusado no sabía de la presencia de la droga.

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Como alcanzo entender no es una situación sin importancia enfrentar cargos por poseer marihuana bajo la norma 11357 HS, todo lo contrario es una situación que puede conllevar a la imposición de sanciones penales como el encarcelamiento y el pago de multas y en el caso de menores de edad el deber de hacer trabajo comunitario de tomar terapia vinculada a las drogas. Además eso quedará reflejado en sus antecedentes penales y contará como una mancha que cualquiera podrá verificar y percatarse de que vulnero la ley.

Si enfrenta cargos por posesión de marihuana en Orange County, CA es importante que contacte a un abogado que lo asista durante todo el procedimiento judicial, a tal propósito los mejores abogados del condado puedes encontrarlos en Orange County Criminal Attorney Law Firm.

Conocer a nuestros clientes es excelente y todo eso, pero no significa nada si el abogado no está en la corte y le da un buen uso a la información. Aquí en los Abogados Penales del Condado de Orange, a diferencia de otras firmas, prometemos que nosotros mismos haremos las apariciones. El abogado irá a la corte preparado y armado con toda la información necesaria para defender celosamente sus derechos. Siempre conocerá al abogado que intervino en su caso.

A diferencia de otras empresas, no somos un “molino”. No sólo contratamos a un "abogado de apariencia" al azar. Estamos en la corte personalmente, listos para defender a nuestros clientes.

Un caso criminal no es un asunto menor, y nadie debe tomarlo a la ligera. Si se maneja incorrectamente, puede perturbar seriamente su vida.

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