La legislación de California castiga rigurosamente el hecho de conducir bajo los efectos del alcohol, ya que en estas circunstancias, el conductor expone su propia vida y la de otras personas.

Las condenas por DUI variarán de tratarse de la primera, segunda, tercera, cuarta o subsiguiente infracción, pero en cualquier caso podrán implicar tiempo en prisión, pago de onerosas multas, suspensión o revocatoria de su licencia de conducir y el deber de asistir a programas de rehabilitación.

En consecuencia, si se han presentado en su contra cargos por DUI en Orange County, deberá contactar un abogado defensor de Orange County Criminal Attorney Law Firm a fin de recibir la asesoría legal que usted merece y necesita. Nuestro equipo se encuentra conformado por abogados altamente capacitados para defender sus derechos y actuar en pro de sus intereses. ¡Comuníquese con nosotros! Lo acompañaremos en todas las etapas del proceso y trabajaremos arduamente para obtener los mejores resultados en su caso.

¿Qué pasa si una persona es acusada por DUI?

Corresponderá al oficial de policía que se haya encargado de arrestarlo, remitir al Departamento de Vehículos Automotores (DMV) una copia jurada del informe levantado en su caso, a la cual deberá adjuntar el formulario requerido para que le sea suspendida o revocada la licencia de conducción.

Posteriormente, el mencionado departamento realizará una revisión de carácter administrativo, que consiste en evaluar el informe remitido por el oficial, la procedencia o improcedencia de la suspensión o revocatoria de la licencia de conducir y las pruebas practicadas por el policía con la finalidad de medir el BAC (grado de alcohol en la sangre) del detenido. En este sentido, podrá concluir el DMV, lo siguiente:

  • No hay motivos suficientes para suspender o revocar la licencia de conducir, razón por la cual, serán desestimados los cargos impuestos en su contra y le será comunicado dicho resultado por escrito, o
  • Será confirmada la solicitud del funcionario policial de que le sea revocada o suspendida la licencia de conducir, caso en el cual, podrá impugnar esta decisión mediante la solicitud de una audiencia en el Departamento de Vehículos Automotores, dentro de los diez días siguientes al recibimiento de la orden de suspensión o revocación.

¿Pierde el acusado su licencia de conducción por haber sido acusado por DUI?

La licencia de conducción es un instrumento intransferible de gran importancia que contiene los datos de identificación de su titular. En California la suspensión de la licencia de conducir puede ser acordada en la vía administrativa por el DMV, o en sede judicial por un Juez. Sin embargo, la revocatoria de dicho documento sólo se producirá en casos de delitos por DUI realmente graves.

Son tres los aspectos que diferencian la suspensión acordada en sede administrativa de la acordada por un Tribunal:

  • La suspensión acordada en vía administrativa puede ser impugnada mediante la solicitud de una audiencia en el DMV, por el contrario, la suspensión acordada por un juez no es objeto de impugnación.
  • La suspensión de la licencia acordada en vía administrativa puede iniciar dentro de los 30 días de la detención, sin importar el estado en que se encuentre la condena. La suspensión acordada por un Tribunal inicia cuando haya sido condenado, como parte de la sentencia.
  • Los lapsos de suspensión de la licencia de conducir son más breves cuando son acordados en sede administrativa, en comparación con los acordados por el juez.

Nota: Usted podrá solicitar la referida audiencia ante el DMV con la finalidad de evitar que su licencia de conducir sea suspendida. Recuerde que sólo puede solicitarla dentro del lapso de diez días siguientes a haber sido detenido por DUI, y es sumamente importante que usted ejerza este derecho en el lapso de tiempo indicado, ya que de no hacerlo, tendrá que atenerse a las consecuencias, pues en efecto, su licencia será suspendida.

Durante la audiencia del mencionado Departamento, se abordarán tres preguntas indispensables para confirmar o no la suspensión de la licencia: 

  • ¿Su nivel de BAC fue igual o superior a 0.08%?
  • ¿Usted fue detenido de manera legal?
  • Cuando fue detenido, ¿el policía tenía causa probable para creer que usted conducía bajo los efectos del alcohol?

¿En cuáles casos los hechos punibles de DUI se convierten en delito mayor en California?

Para que en un delito por DUI sea calificado como hecho punible mayor, es indispensable que los Oficiales de Policía logren comprobar cualquiera de las siguientes circunstancias:

  • Que el conductor haya causado lesiones graves a otro individuo o la muerte de alguna persona.
  • Que el conductor tenga en sus antecedentes penales más de tres sentencias por DUI o hechos punibles menores donde la intoxicación haya constituido un factor determinante. En virtud de estas circunstancias es probable que los siguientes cargos que se le impongan por DUI sean como hecho punible mayor.
  • Cuando el conductor haya sido condenado con anterioridad por DUI, será acusado por otro hecho punible si es detenido nuevamente por DUI.

¿Es posible borrar un DUI del registro de conducir?

Sí es posible. A los efectos de borrar la condena por DUI de dicho registro, deberán tomarse en cuenta tres factores:

  • Que la persona haya cumplido a cabalidad con las sanciones impuestas, entre ellas libertad condicional.
  • Que no se haya cumplido la condena en una cárcel del Estado.
  • Que la persona no tenga en la actualidad otros cargos penales en su contra.

De cumplir usted con tales presupuestos, podrá ponerse en contacto con un abogado de Orange Criminal Attorney para lograr que la condena por DUI sea borrada de su registro de conducción.

¿Cuáles son los límites de BAC permitidos en California para conducir?

Conducir bajo los efectos del alcohol no es cosa de juegos, ya que cualquier persona en esta circunstancia podrá ver afectada su visión y su capacidad de responder ante cualquier eventualidad que se presente en la carretera, pudiendo afectar la vida de otras personas.

Ahora bien, usted podrá conducir legalmente en California, bajo los siguientes límites de BAC:

  • Si es mayor de 21 años, el BAC debe ser inferior a 0.08%.
  • Si se encuentra bajo libertad condicional por haber cometido un delito de DUI, el BAC debe ser inferior a 0.01%.
  • Si es menor de 21 años, el BAC debe ser inferior a 0.01%.
  • Si es usted un conductor de un vehículo que requiere una licencia de conducir comercial, el BAC debe ser inferior a 0.04%.

¿Qué sucede si usted se niega a someterse al alcoholímetro?

Si usted es detenido en carretera por un funcionario policial que sospecha que se encuentra manejando en estado de embriaguez, y se niega a que éste le mida su nivel de BAC mediante el alcoholímetro, podrá verse en graves problemas de conformidad con lo previsto en el Código Vehicular de California Sección 23612.

En este caso, esta negativa o rechazo podrá ser usado en su contra en la Corte, y podrá conllevar a la imposición de sanciones adicionales a las que usualmente se aplican por DUI.

Sin embargo, si el oficial de policía no tiene una causa probable, usted se encuentra en el derecho de negarse a someterse al alcoholímetro, así como también, en caso de solicitarle el policía que se someta al alcoholímetro antes de su detención.

No obstante, tales rechazos son riesgosos por cuanto, si el funcionario policial tiene alguna causa probable para arrestarlo por DUI, podrá hacerlo sin haber medido su nivel de alcohol en la sangre, y en dicho caso a usted le podrá ser suspendida la licencia de conducir por un año por el simple hecho de haberse negado a someterse al alcoholímetro, inclusive si el nivel de alcohol en la sangre no superaba el límite legal permitido. Y si usted ha sido sentenciado con anterioridad por DUI (en los últimos diez años), podrá serle revocada su licencia de conducir por un tiempo máximo de dos años.

¿Cómo es el proceso en caso de cometer un delito de DUI?

Si usted es arrestado por DUI, el funcionario policial lo trasladará a un hospital, a la estación de policía o a la cárcel, a fin de medir los niveles de alcohol en la sangre mediante las pruebas químicas pertinentes.

Si se le practicó una prueba de aliento, los resultados se obtienen de inmediato, por consiguiente, si arroja que su nivel de BAC es igual o mayor a 0.08%, usted podrá ser acusado por conducir bajo los efectos del alcohol, pero si según los resultados su nivel de alcohol en la sangre es inferior a dicho porcentaje, podrá el policía solicitar que se le practique un análisis de orina o sangre para corroborar los resultados.

Los resultados de la prueba de sangre pueden demorar días, porque la muestra es enviada a un laboratorio.

Si usted se niega a someterse a tales pruebas, será detenido por conducir en estado de embriaguez y se adicionará a sus cargos, otro por rechazo, en cuyo caso deberá permanecer en prisión por dos días y le será suspendida la licencia de conducir por un año.

Después de obtenerse los resultados de la prueba de sangre, orina o aliento, o de haber cumplido los dos días en la cárcel por haberse negado a practicar la prueba química, según sea el caso, podrá ser liberado bajo fianza o bajo la obligación de presentarse en el Tribunal en la fecha que se le indique, pero para ello deberá tomarse en consideración los antecedentes penales del conductor y la forma en que sucedieron los hechos.

Luego de lo cual, el funcionario policial terminará de llenar el informe relativo a su arresto y lo enviará a la oficina Fiscal de la localidad para su revisión. Finalmente, el Fiscal luego de evaluar el caso podrá realizar cualquiera de las siguientes acciones:

  • Imputarle cargos por DUI, o
  • No presentar cargos.

¿Cómo son los juicios por DUI en los Tribunales de California?

Independientemente de que usted haya ganado o perdido la audiencia solicitada ante el DMV, deberá enfrentar un proceso judicial en la Corte de California, que estará conformado por usted en calidad de imputado, por su abogado defensor, el Fiscal que representa la parte acusadora, el juez, y el jurado que designen en su caso.

El proceso inicia al leerse los cargos presentados en su contra por la Fiscalía, donde se indican los motivos del arresto, la manera cómo sucedieron los hechos, y por qué usted es o no culpable por el delito de DUI. Una vez que usted es condenado o absuelto por este delito, se entiende finalizado el proceso, no obstante, tenga en cuenta que si usted es condenado, realmente su caso continuará abierto durante toda la fase de prueba de DUI o hasta que cumplan todas las obligaciones impuestas judicialmente.

¿Es posible celebrar un acuerdo de DUI?

Sí, luego de leer los cargos por DUI el Fiscal podrá realizarle una oferta que consiste en ofrecerle una sentencia que podrá aceptar y que consiste en declararse culpable por DUI, y si usted la acepta, el caso se cerrará y deberá cumplir nada más los términos del beneficio de libertad condicional.

Si usted no acepta la oferta del Fiscal y se declara como “no culpable”, podrá su abogado revisar todas las pruebas presentadas en su contra y podrá impugnar las mismas, es decir, podrá acceder a su expediente. Su abogado tendrá acceso a los equipos e instrumentos que fueron utilizados para practicarle la prueba que midió su nivel BAC, y además podrá obtener una copia del informe levantado en su caso por el agente de policía.

¿En qué consisten las negociaciones previas al Juicio por este delito?

Primeramente debe usted saber que la Fiscalía suele presentar la oferta o sentencia sugerida en la lectura de los cargos por incitar a que los cargos sean aceptados de manera temprana por el acusado.

Sin embargo, durante la fase previa al juicio su abogado podrá revisar exhaustivamente todas las pruebas promovidas por la parte acusadora, con la finalidad de encontrar cualquier irregularidad que permita impugnarlas y sacarlas del proceso. Del mismo modo, podrá verificar si el proceso fue o no desarrollado de la manera prevista en la ley, caso contrario, expondrá lo conducente.

Entre mayores sean las irregularidades encontradas en las pruebas y el proceso, las probabilidades de que sea usted absuelto o que sean reducidos los cargos impuestos en su contra, aumentarán.

Ahora bien, entre las estrategias que se ejercen con mayor frecuencia en estos casos, previas al juicio, se encuentran:

Audiencia de causa probable Su abogado podrá objetar en ésta la validez de la detención efectuada por el funcionario policial. En otras palabras, el propósito de esta audiencia es demostrar que la autoridad de policía que lo detuvo en la carretera, no tenía causa probable para hacerlo.
Moción (petición) de supresión  Su abogado solicita a la Corte sean excluidas del proceso, las pruebas obtenidas ilegalmente.
Negociación de clemencia Una vez que su abogado logre reunir todas las pruebas a su favor, y haya llevado a cabo todas las mociones (peticiones) antes de llegar a juicio, podrá alegar las incongruencias observadas en el proceso o en la fase probatoria, disminuyendo en función de ello, los argumentos de la fiscalía, y aumentando las posibilidades de reducción o desestimación de los cargos.

Si su abogado defensor no logra celebrar una negociación favorable en torno a su culpabilidad, su caso podrá llegar a la instancia judicial, lo que demuestra la importancia de contratar un abogado de DUI con experiencia y conocimientos en esta área.

¿Cuáles son las etapas del proceso judicial por DUI?

El proceso judicial comprende las siguientes etapas:

  • La selección del jurado.
  • La declaración inicial de apertura.
  • La exposición de los alegatos de su abogado defensor.
  • La exposición de los alegatos por parte de la Fiscalía.
  • La clausura del juicio.
  • La emisión del veredicto.
  • La decisión.

Para que sea declarado culpable deberá convencer el Fiscal a los miembros del jurado, que usted se encontraba conduciendo bajo los efectos del alcohol, y que se configuraron en su caso, cada uno de los elementos constitutivos del delito de DUI.

¿Cuáles son las sanciones que se aplican por DUI?

Las sanciones a aplicar dependerán de diversos factores, pero siempre son rigurosas. De manera seguida, se indican las condenas que pueden resultar procedentes:

Si se trata de la Primera Infracción de DUI:

Decisiones que incluyen libertad condicional de tres a cinco años:

  • Pena de prisión de 48 horas a 6 meses.
  • Multa desde $390 a $1.000.
  • Suspensión de la licencia de conducir, cuando sean clase A, por un tiempo de 6 meses a 1 año.
  • Cumplir un programa para tratar los problemas de drogas y/o alcohol, cuya duración es de 3 a 9 meses.

Sentencias sin libertad condicional:

  • El tiempo mínimo en prisión aumenta a 96 horas.
  • El tiempo máximo en prisión será de 6 meses.
  • Multa desde $390 a $1.000.
  • Suspensión de la licencia de conducir por 6 meses.

Si se trata de la Segunda Infracción de DUI (dentro de 10 años):

Decisiones que incluyen libertad condicional de tres a cinco años:

  • Multa desde $390 a $1.000.
  • Suspensión de la licencia de conducir, por 2 años.
  • Tiempo en cárcel de 10 días a 1 año, si se impone solo esta condena.
  • Tiempo en cárcel de 96 horas hasta 1 año, si se condena además a cumplir un programa de rehabilitación, que en este caso durarán de 18 a 30 meses.

Sentencias sin libertad condicional:

  • Cárcel de 90 días a 1 año.
  • Multa desde $390 a $1.000.
  • Suspensión de la licencia de conducir, por un tiempo de 6 meses.

Si se trata de la Tercera Infracción de DUI (dentro de 10 años):

Decisiones que incluyen libertad condicional de tres a cinco años:

  • Pena de prisión de 120 días a 1 año.
  • Multa desde $390 a $1.000.
  • Revocatoria de la licencia de conducir por 3 años.
  • Cumplir un programa de rehabilitación para tratar los problemas de alcohol, cuya duración es de 18 meses, si no ha cumplido alguno con anterioridad.

Sentencias sin libertad condicional:

  • Prisión de 120 días a 1 año.
  • Multa desde $390 a $1.000.
  • Revocatoria de la licencia de conducir por 3 años.

Si se trata de la Cuarta Infracción o más de DUI (dentro de 10 años):

Decisiones que incluyen libertad condicional de tres a cinco años:

  • Pena de prisión de 180 días a 1 año.
  • Multa desde $390 a $1.000.
  • Revocatoria de la licencia de conducir por 4 años.
  • Cumplir un programa de rehabilitación para tratar los problemas de alcohol, cuya duración es de 18 meses, si no lo ha cumplido alguno.

Sentencias sin libertad condicional:

  • Cadena perpetua a cumplir en la cárcel del Condado (180 días a 1 año), o en la prisión del Estado (16 meses a 3 años).
  • Multa desde $390 a $1.000.
  • Revocatoria de la licencia de conducir por 4 años.

Así por ejemplo, una persona que es condenada por primera vez por DUI, puede recibir una condena como esta:

  • Tres años de libertad condicional.
  • Multa de $390.
  • Asistencia obligatoria a un programa de tratamiento del alcohol, por un tiempo de 3 meses.

El juez determinará en función de la manera cómo sucedieron los hechos, y las consecuencias derivadas de la conducta delictiva, cuál es el tiempo en prisión, el monto de la multa y demás sanciones que deberán aplicarse al acusado, pero dentro de los parámetros antes mencionados para cada caso.

¿Pueden eliminarse los cargos por DUI?

Sí es posible, y para ello es necesario contratar un abogado con la experiencia y conocimientos necesarios puesto que la Legislación en California es cada vez más severa en los casos de DUI. Sin embargo, si es su primera ofensa por DUI las posibilidades de eliminar los cargos son más elevadas que las que tienen las personas que ya han cometido más de una infracción de esta naturaleza. Un buen abogado logrará reducir los cargos presentados en su contra, e incluso podrá lograr que sean desestimados.

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Si usted ha sido acusado por DUI en Orange County, deberá contratar lo antes posible un abogado de DUI con experiencia para que defienda sus derechos de la mejor manera posible.

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