De acuerdo con las leyes del Estado, un menor de dieciocho años no debe ser juzgado con la misma rigurosidad que un adulto. Por esta razón cuando un joven incurre en una conducta delictiva, el tribunal para menores es quien se encarga de llevar estos casos y no el Tribunal penal para adultos. A su vez, la terminología utilizada en ambos varía, pues el Tribunal para menores no establece que el joven es “culpable”, por el contrario, se establece que la petición fue aceptada.

Lo señalado anteriormente se fundamenta en que ambos sistemas se rigen por entes del Estado diferentes. Para ilustrar, el Tribunal que se encarga de tratar los casos de menores sigue los lineamientos del Sistema de Delincuencia Juvenil, mientras que el Tribunal de adultos se encuentra dirigido por el Sistema Penal. En consecuencia, las autoridades de ambos sistemas tienen sus propios lineamientos.

Ahora bien, es importante destacar que el Tribunal para menores no tiene la finalidad de condenar a un menor como ocurre en los casos de personas adultas, dado que el propósito del Sistema de delincuencia Juvenil es rehabilitar a los jóvenes que hayan configurado un acto criminal y lograr que estos en el futuro sean ciudadanos ejemplares. Por esta razón, cuando se presenta un caso ante el Tribunal no se habla de “formular cargos”, sino de presentar una petición, de lo cual se encarga la Fiscalía. Bajo este orden de ideas, cuando se establece que la petición ha sido aceptada, es porque el Juez luego de evaluar las circunstancias y evidencias ha llegado a la conclusión de que en efecto el menor es responsable de cometer un delito. Posteriormente, se procederá a dictar las penas correspondientes.

Si actualmente su hijo enfrenta una situación de esta índole, su deber es velar por sus derechos y su bienestar. Someter a un joven a estos procesos puede ser traumático y perjudicial para su futuro. Por esta razón, si se encuentra en Orange County lo invitamos a comunicarse con nuestro equipo legal de Orange County Criminal Attorney Law Firm, quienes tienen amplios conocimientos en este tipo de casos y trabajarán sin descanso para brindarle la mejor asesoría y representación legal.


¿Cómo se define el Tribunal para menores?

Este organismo del Estado tiene el deber de procesar y establecer las medidas que han de tomarse en los casos donde un menor de edad es presuntamente responsable de incurrir en una conducta delictiva. A su vez, este ente también llamado Tribunal de delincuencia juvenil tiene diferencias bastante marcadas con el Tribunal penal encargado de juzgar a los adultos que han delinquido, pues el primero no califica al joven como “culpable o inocente”, por el contrario, el Juez establece si la petición de la Fiscalía es aceptada o denegada. Bajo este escenario, se entiende que un menor de edad es responsable de incurrir en un delito cuando se acepta la petición.

Generalmente, el Tribunal procesa los casos de menores cuya edad está en el rango de doce y diecisiete años. Sin embargo, bajo determinadas circunstancias hay jóvenes menores a los doce años que pueden ser juzgados por esta autoridad.

Dicho de otra forma, un Tribunal de Delincuencia Juvenil no se encarga de atender los casos de personas de dieciocho años o más que han sido acusadas por configurar un delito. No obstante, es relevante mencionar que cuando un joven incurre en un acto delictivo mientras tiene diecisiete años pero esto es del conocimiento de las autoridades cuando ya este tiene veinte años, el Tribunal para menores puede encargarse de procesar su caso porque al perpetrar el delito el individuo era menor de edad.

¿De qué forma se desarrolla el proceso judicial de un menor antes de presentarse frente al Tribunal?

Cuando un joven es detenido por un agente policial, se pueden establecer diferentes medidas. En primer lugar, el oficial puede realizar una advertencia y posteriormente dejar que el menor vaya a casa, sin embargo, también puede optar por adjudicar una citación que señala la fecha y hora en la cual deberá acudir al Tribunal. Ahora bien, cuando el acto configurado por el individuo implicó violencia o algún factor agravante, el oficial tiene la potestad para llevar al menor a un centro de delincuentes juveniles, donde deberá permanecer un tiempo privado de libertad hasta que un agente  de libertad condicional le realice una entrevista para conocer la versión que el joven dará de los hechos.

Luego de que el agente culmina con la entrevista y evalúa lo expuesto por el menor y por los oficiales que realizaron el arresto, este establece que pasará con el joven, es decir:

  • Si el menor puede ser enviado a casa bajo el compromiso de que posteriormente acudirá ante el Tribunal en la fecha pautada
  • Si el menor puede ser enviado a casa acatando una serie de términos y condiciones establecidos en un programa del régimen de libertad condicional, o
  • Si el menor debe permanecer privado de libertad en un centro de delincuentes juveniles hasta que el Juez examine su caso

En adición, cuando se finalice con dicha entrevista, el agente que la llevó a cabo podrá enviar una petición a la Fiscalía para que esta se encargue de presentar una petición al Tribunal contra el joven. Esta petición es equivalente a los cargos formulados contra un adulto bajo el sistema penal, y la misma señala las disposiciones legales que han sido violentadas por el  joven.

Ahora bien, bajo el supuesto de que el agente de libertad condicional establece que el menor debe permanecer privado de libertad en las instalaciones para delincuentes juveniles, la Fiscalía tendrá un límite de tiempo para emitir la petición. En este orden de ideas, si el joven ha sido arrestado por la comisión de un hecho punible grave, la petición se deberá formular y presentar en las cuarenta y ocho horas posteriores desde el momento de la detención. No obstante, si el joven ha sido detenido por la comisión de un hecho punible menor, la petición deberá presentarse en un lapso de setenta y dos horas.

Luego de que se haya emitido la respectiva petición, se procederá con una audiencia de detención, la cual tiene el propósito de establecer si el joven debe continuar tras las rejas mientras se evalúa su caso, o si este puede ser enviado a casa. Cuando el Tribunal señala que el joven tiene que continuar recluido hasta que su caso se defina, durante los quince días continuos se deberá realizar la audiencia de jurisdicción.

Durante el desarrollo de esta segunda audiencia, la cual se reconoce como de adjudicación, se hará lectura de la petición presentada por la Fiscalía y el Juez expondrá lo que esta quiere decir, asimismo, se señalan las posibles sanciones que pueden enfrentarse de acuerdo a la disposición legal que se haya vulnerado. Para ilustrar, durante esta audiencia se informa al tutor del joven o a sus padres que posiblemente se tendrá que cumplir con el pago de una indemnización, así como pagar una serie de multas en nombre del menor. Acto seguido, se le pedirá al joven que comparta su postura con relación a las afirmaciones de la Fiscalía, lo cual significa que deberá negar lo que allí se estima o asumir la responsabilidad de sus actos. En caso de negar lo señalado bajo la petición, el representante legal del menor tiene la responsabilidad de luchar en su nombre y defenderlo frente a cualquier acusación, pruebas, o argumentos presentados. En este punto es importante señalar la importancia de contar con un abogado calificado, dado que al contar con sus servicios las posibilidades de obtener resultados favorables son mayores,

En este orden de ideas, tal y como ocurre con los casos procesados por el Tribunal penal para adultos,  el joven gozará de sus derechos, entre los cuales se incluye el derecho a mantenerse en silencio mientras se desarrolla la audiencia. Tomando esto en consideración, si el joven decide permanecer callado en vez de emitir su opinión y pronunciarse frente a la petición, el Juez revisará nuevamente los argumentos de la Fiscalía y presentará su decisión con base en esta.

Para culminar con este punto, cuando el Juez establece que la petición ha sido aceptada, se pactará una nueva fecha para celebrar una audiencia conocida como de disposición en la cual se establecerán las medidas que han de aplicarse para que el menor sea rehabilitado.

¿Qué ocurre cuando se establece que la petición emitida por la Fiscalía ha sido aceptada?

Si el Juez establece que los argumentos y evidencias presentadas son correctos, se entenderá que la petición fue aceptada. Resulta importante destacar que al momento del Juez conceder dicha petición se asume que el joven es responsable de incurrir en un acto punible, y en consecuencia se realizará una audiencia para establecer las sanciones que este deberá enfrentar.

Tras culminar con la respectiva audiencia de jurisdicción, se establecerá el día y la hora en el que una próxima audiencia tendrá lugar. Esta audiencia tiene como objetivo que el Juez comparta con el representante legal del menor y los padres del mismo (o su tutor)  las consecuencias que este debe enfrentar en virtud de sus actos. Dicha audiencia se lleva a cabo en un periodo de diez días siguientes si el joven se encuentra privado de libertad, pero de no ser así tendrá lugar luego de treinta días posteriores desde el momento en que la Fiscalía haya presentado la petición. No obstante, bajo determinados escenarios el Juez puede posponer la audiencia.

En este orden de ideas, luego de establecer que el menor es responsable de vulnerar las leyes del Estado, se procederá con una nueva audiencia donde se establecerán las medidas pertinentes para corregir al joven y que este sea rehabilitado. En otras palabras, se determinará cuál es el tratamiento que el menor debe cumplir y qué orientación se le brindará, dado que hay una serie de sentencias aplicables. Ahora bien, para fijar las medidas pertinentes se toman en cuenta una serie de factores, tales como: el informe redactado por el agente de libertad condicional que entrevistó al menor donde se expone si el joven ha configurado anteriormente algún delito, su historial escolar, y familiar. Asimismo, en dicho informe brindará su recomendación en cuanto a las penas.

Sin embargo, el Juez no solo tomará en consideración el informe presentado por el agente. Esto, dado que durante la audiencia la Fiscalía tiene la posibilidad de presentar una serie de pruebas que contribuyan con la decisión adoptada por el Juez. De igual manera, el representante legal del menor y este último podrán presentar diversas pruebas a su favor, incluso la presunta víctima puede presentar por medio escrito u oral una declaración que será tomada en cuenta.

En este orden de ideas, el Juez debe examinar diversos factores y circunstancias para decidir qué sentencia ha de imponer, entre algunos de estos se incluye: qué edad tenía el joven al momento de configurar el delito, cuáles fueron las circunstancias y hechos específicos del hecho punible y la gravedad del mismo, si el individuo tiene un historial criminal. A su vez, para establecer las sanciones que el menor deberá acatar, se examinará qué es lo mejor para este, para el bienestar y la seguridad de su comunidad, y para la víctima.

Tras culminar con la evaluación de las evidencias y argumentos, el Juez tiene la potestad de establecer cualquiera de las siguientes medidas:

  • Que el joven sea sometido bajo el régimen de libertad condicional. Esto quiere decir que el menor deberá acatar una serie de condiciones y términos señalados por el Juez, en adición, estará siendo supervisado por un agente de libertad condicional,
  • Denegar la petición y desestimar el caso. Esto ocurre cuando pese a llegar a una serie de conclusiones durante la audiencia de jurisdicción, el Juez prioriza lo que es mejor para el sistema judicial y el menor.
  • Establecer que el Tribunal será el ente encargado de responder por el menor. Dicho de otra manera, de ahora en más no serán los padres o el tutor legal del menor quien legalmente tome decisiones en nombre de este.

¿Cuáles son las condiciones y términos que debe cumplir un menor al someterte bajo el régimen de libertad condicional?

Al momento de ser sometido a cumplir con un periodo en libertad condicional, el Juez les señalará al menor y a su representante legal la serie de condiciones y términos que deberá cumplir de manera obligatoria. Estos requisitos deben ser acatados de manera estricta, y en muchas ocasiones cumplir con estos puede implicar que se renuncie a ciertos derechos. Sin embargo, las condiciones establecidas por el Juez siempre son en pro del menor.

Para que se comprenda con mayor amplitud, en las siguientes líneas se mencionan algunas condiciones que puede estimar el Juez cuando un joven debe someterse bajo el régimen de libertad condicional:

  • El joven debe acudir a su escuela todos los días, pues una inasistencia injustificada se le notificará a las autoridades del régimen de libertad condicional.
  • El joven deberá brindar servicio a su comunidad
  • El joven se verá en la obligación de cumplir con los lineamientos del arresto cuartelario
  • Es posible que las autoridades de forma aleatoria le realicen pruebas al menor para detectar si esta ha consumido alguna sustancia controlada o alcohólica
  • Se deberá pagar una indemnización a la persona afectada por la conducta delictiva del menor

A su vez, existe la posibilidad que entre las condiciones y términos señalados las autoridades consideren conveniente restringir una serie de actividades, para ilustrar, que el menor acuda a determinados lugares, se reúna con ciertos individuos o que conduzca libremente.

¿Qué sucede cuando el Juez establece que el Tribunal tendrá la tutela del menor?

Si el Juez señala que lo mejor para el menor es que el Tribunal sea el responsable de su tutela, este ente judicial podrá tomar cualquiera de las siguientes decisiones:

  • Que el menor sea enviado a un centro de detención o campo de entrenamiento en el condado.
  • Que el menor sea enviado al hogar de un pariente o familiar.
  • Que el menor sea enviado a una institución de crianza, hogar grupal, o un organismo similar a estos.
  • Que el menor sea enviado a casa bajo la supervisión de un agente de libertad condicional.
  • Que el menor sea enviado a las instituciones del DJJ.

Bajo este orden de ideas, si las autoridades señalan que lo mejor es que el joven sea enviado a su casa bajo libertad condicional; vivir junto con un familiar, permanecer en un hogar grupal o de crianza, igualmente se contará con un plan a largo plazo. Es decir, el Tribunal estará al pendiente del progreso que tenga el joven y si deben tomarse medidas adicionales para su rehabilitación.

No obstante, si el Tribunal considera que el menor representa un riesgo para la seguridad de su comunidad y en consecuencia debe permanecer privado de libertad en un centro o institución de detención,  se determinará durante cuánto tiempo debe permanecer en la misma. 

¿Cómo debe actuar un menor si el Tribunal falla a favor de la Fiscalía y concede la petición?

Cuando el Juez aprueba la petición emitida por la Fiscalía y se le da cierre a la audiencia, el menor tiene derecho a actuar de diferentes formas frente a esta situación. A continuación, señalaremos qué actos puede llevar a cabo:

  • Emitir una solicitud al Tribunal para que la sentencia sea anulada
  • Presentar una apelación frente a la sentencia del Tribunal
  • Analizar qué posibilidades hay de sellar los registros
  • Emitir una solicitud para que la sentencia sea modificada
  • Analizar qué posibilidades hay de sellar los registros

Ahora bien, antes de tomar cualquier decisión, es de suma importancia que el menor sea asesorado por un abogado, pues se deberán evaluar una serie de factores para establecer cuál es la postura más conveniente para la situación legal del menor.

¿Cuál es la importancia de contar con la representación legal de un asesor legal?

En primer lugar, cuando un joven enfrenta situaciones tales como ser detenido, interrogado, e incluso puesto tras las rejas, puede ser traumatizante y preocupante para él y para su tutor legal (o padres), dado que es un escenario bastante complejo. Por esta razón, pueden surgir múltiples inquietudes sobre lo que ocurrirá y de qué manera se debe enfrentar este proceso.

A causa de ello, cuando un menor es detenido, resulta de suma importancia que sus padres conozcan las consecuencias que su hijo puede enfrentar tanto en la actualidad como en su vida futura como resultado de ser declarado responsable de incurrir en una conducta delictiva. Es por ello que es fundamental contar con la asesoría y la representación de un especialista en leyes criminales, quien además de tener amplios conocimientos en el área, le brindará su apoyo durante todo el proceso.  Tomando esto en consideración, contar con un abogado puede aumentar considerablemente las posibilidades de obtener resultados favorables.

¿Es posible que un menor sea transferido a un Tribunal para adultos y ser juzgado bajo los lineamientos del Sistema Penal?

En efecto. Sin embargo, para ello se deberá realizar una audiencia donde el Juez que lleva el caso tomará en cuenta una serie de factores y circunstancias para posteriormente establecer si lo más conveniente es que el menor sea juzgado en el Tribunal de Delincuencia Juvenil o en el Tribunal Penal. A continuación, mencionaremos algunos de estos:

  • Si el menor previamente ha incurrido en actos delictivos
  • Cuál fue el grado de sofisticación implicado durante el acto criminal
  • Los hechos específicos que tuvieron lugar durante la comisión del delito y la gravedad de los mismos

Con base en estos elementos y otros que pueden ser relevantes para el Juez, se determinará bajo qué sistema se juzgará al joven.

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Aunque el Tribunal para menores no tiene el propósito de condenar a un menor, sino de rehabilitar, cuando una petición es aceptada el futuro del menor podría verse perjudicado, pues esto quedará expuesto en su historial de antecedentes criminales, el cual es tomado en cuenta por instituciones académicas, empleadores, arrendadores, bancos, etc. Por ello, si su hijo se encuentra enfrentando una situación legal, su deber es velar por su futuro.

En Orange County Criminal Attorney Law Firm usted dispondrá de nuestro equipo especialista en leyes criminales, quienes lo acompañarán durante todo el proceso y trabajarán sin descanso para mejorar la situación legal del menor. Si tiene alguna duda no dude en comunicarse al 714-831-1858 y lo atenderemos inmediatamente ¡Contáctenos!