Los crímenes relacionados con estupefacientes o drogas ilícitas son quizás los delitos que mayormente se procesan en el Estado de California. Esta categoría incluye diversos hechos punibles que la ley prevé en relación a la fabricación, transporte, venta y posesión de sustancias legalmente controladas, y en función del delito en específico, se aplican normativas bastantes severas a la hora de sancionar la conducta ilícita.

Los delitos de esta índole, dependiendo de lo que regula la ley, y de los detalles que rodean el caso, pueden calificarse como menores o graves, y con mayor regularidad, los cargos suelen formularse como delitos graves, lo que consecuencialmente genera que su conducta sea juzgada bajo normativas más estrictas y rigurosas que prevén un tiempo considerable privado de su libertad, y/o tener que pagar multas costosas. En adición a ello, una condena además de prever sanciones, puede influir de forma negativa en su vida, limitando en muchos casos las posibilidades de optar por un trabajo estable y conseguir una vivienda digna a causa de sus antecedentes penales.

Por esa razón, si usted enfrenta una acusación de este tipo, independientemente de la complejidad de su caso, debe buscar ayuda legal especializada cuanto antes. Si está en Orange County puede contactar a un abogado en leyes criminales de Orange County Criminal Attorney Law Firm para evaluar todos los detalles específicos de su caso y determinar las estrategias de defensa más idóneas y adecuadas a este.

¿Qué tipo de drogas abarcan las Sustancias Controladas?

Contrario a lo que se piensa, los crímenes relacionados con drogas no se limitan únicamente a los narcóticos ilícitos tales como la cocaína, heroína, LSD, entre otros, sino que también abarcan algunos medicamentos que comúnmente se recetan para el dolor, tal es el caso de la morfina y codeína, esto se debe a que se tratan de sustancias altamente adictivas que pueden llegar a ser perjudiciales para la salud de quienes la consuman sin supervisión médica, y por ende son reguladas o controladas por el Estado, en cuyo caso para su consumo se requiere tener prescripción médica, y para su venta y transporte, licencia que permita ejercer tal actividad.

Las siguientes son algunas de las sustancias legalmente controladas bajo las cuales se procesan cargos de por delitos de esta índole:

  • Marihuana
  • Ecstasy
  • LSD
  • Heroína
  • Metanfetamina
  • Cocaína
  • Morfina
  • Codeína

¿Qué delitos de drogas son comúnmente procesados en el Estado de California?

Son muchos los crímenes que se abordan dentro de esta categoría, todos relacionados con actividades de drogas como lo es: fabricación, transporte, venta, y posesión de sustancias legalmente controladas. Entre los cargos que frecuentemente se procesan en California se encuentran los siguientes:

  • Fabricación de Sustancias Controladas
  • Posesión de Sustancias Controladas
  • Posesión de Sustancias Controladas para la venta
  • Venta o Transporte de Sustancias Controladas

Fabricación de Sustancias Controladas

Según la disposición 11379.6 HSC, la fabricación de drogas es un delito grave y se configura cuando un individuo realiza alguna de las siguientes actividades:

  • Fabricación
  • Composición
  • Procesamiento
  • Conversión
  • Preparación y/o
  • Derivar alguna de las sustancias o narcóticos que comprende esta ley, empleando para tales fines la síntesis o extracción química.

Ahora bien, dentro de los aspectos legales importantes que se deben precisar, está que los actos de mera preparación para fabricar drogas no constituyen razones suficientes para que la Corte lo condene por este delito.

No obstante, existe una línea muy delgada entre los actos de mera preparación y la tentativa del delito, la cual sí da lugar a una sentencia condenatoria. Por ejemplo, la ocasión en que una persona que busca un video tutorial de cómo fabricar LSD no da lugar a un cargo de este tipo, pero si en adición a ello, el individuo consigue los equipos necesarios para llevar a cabo dicha fabricación y comienza a armar su propio laboratorio en el garaje de su casa, podría tenerse como una tentativa del delito, en cuyo caso sí daría lugar a una condena en razón del delito al que nos referimos.

Fuera de la tentativa del delito, si esta no logra ser probada por el Fiscal de la acusación, será requisito entonces que pruebe que usted participó en una de las etapas del proceso de fabricación, ya que, en sí, no es necesario que usted haya realizado desde el inicio y hasta su final el proceso de fabricación, basta con que se haya involucrado en alguna de las etapas iniciales o intermedias del proceso, de lo contrario, si el Fiscal no logra probar suficientemente tal elemento, el cargo formulado por el delito al que nos referimos no sería procedente.

Cabe aclarar que, elaborar sustancias químicas no es un delito, lo que en sí castiga la norma antes especificada, es que la sustancia química se utilice para crear otra del tipo ilegal. En tal sentido, crear una sustancia química completamente legal si se tiene intenciones de utilizarla para fabricar drogas ilegales, o se empleó para ello, son acciones que podrían acarrear una acusación por fabricación de drogas.

Posesión de Sustancias Controladas

De conformidad con el estatuto 11350 HSC, toda persona que posea sustancias controladas, a menos de que tenga prescripción médica válida para ello, será culpado y sancionado por el delito al que nos referimos.

La antes dicha norma comprende tanto drogas ilegales como aquellas que, si bien son legales, son debidamente controladas o reguladas por el Estado, en virtud de que, tal como se explicó en líneas anteriores, tienden a ser altamente adictivas. Por esa razón, la ley requiere que, si usted posee alguna de esas drogas, tenga una prescripción médica emitida por un médico con licencia para ejercer en el Estado de California, que pueda avalar que su posesión es legalmente recetada y no está siendo consumida para satisfacer una adicción que puede perjudicar su salud.

Ahora bien, en términos legales la “posesión” se comprende en sentido amplio, esto quiere decir que, en sí, no es necesario que la persona acusada de cometer este crimen haya llevado la droga en sus manos, en su ropa, o en cualquier parte de su cuerpo, pues basta con que el individuo de alguna manera ejerciera un control sobre la misma.

Por ejemplo, que un oficial de la policía haya conseguido droga dentro de su vehículo, en su cuarto, dentro de la residencia que habita, dentro de su casillero, o dentro del hotel donde se hospedó, son escenarios donde se asume que la sustancia es suya porque se encontró en un lugar donde usted ejerce un control.

Bajo esa perspectiva, la posesión se clasifica en tres tipos, estos son los siguientes:

  • Posesión real; la cual ocurre en los escenarios donde el acusado está en tenencia física de la droga, por ejemplo, la lleva en sus bolsillos, la tenía en sus manos porque la estaba consumiendo, la tenía en alguna parte del cuerpo, o de la ropa que llevaba puesta.
  • Posesión constructiva; esta tiene lugar en aquellos escenarios en los cuales la droga estaba en un lugar donde el acusado ejercía un control por tener cierto dominio sobre este, por ejemplo, la droga estaba en la vivienda, habitación, oficina, casillero, vehículo del acusado.
  • Posesión articulada; este término es utilizado para referir que determinada droga estaba en posesión bien sea real o constructiva de dos sujetos o más.

Por otro lado, para que un cargo de este tipo sea procedente, es necesario que la cantidad de droga que se acusa de poseer sea una “cantidad utilizable”, esto quiere decir que pueda ser consumible, lo que no es igual a que sea suficiente para que una persona se drogue, En palabras más simples, una persona no puede ser condenada si lo que se consiguió bajo su posesión eran pequeños residuos de una sustancia, ya que esto no se considera consumible.

Posesión de Sustancias Controladas para la venta

Un cargo por poseer drogas con fines de venderla conlleva a enfrentar consecuencias mucho más serias que la poseerla para su uso personal. Este delito se encuentra tipificado en el 11351 HSC, e implica poseer sustancias legalmente controladas con la intención de venderlas, y es considerado un delito grave.

Al igual que en la posesión simple, el hecho punible objeto de análisis comprende narcóticos ilegales tales como cocaína y heroína, pero también drogas que se recetan para tratamiento médicos como lo es la oxicodona y el vicodin.

Ahora bien, cabe aclarar que, aunque el término “vender” implica recibir una contraprestación en dinero, bienes, o servicios, a cambio de entregar la droga, no necesariamente se debe llegar a ese escenario para que una persona sea procesada por el hecho punible al que nos referimos, pues para enfrentar condenas de este tipo basta con que se pruebe que usted tenía toda la intención de vender la droga que se encontró bajo su posesión, y a tales fines, el Fiscal de la acusación se puede valer de indicios probatorios que causen convicción en el jurado de que la droga estaba destinada a ser vendida.

Algunos de los indicios probatorios que utilizan los Fiscales para fundamentar el cargo formulado son:

  • Que la cantidad que poseía el acusado era considerable.
  • Que la droga de la cual se trate estaba dividida e individualizada en muchos paquetes de pequeño tamaño.
  • Poseer parafernalia de drogas, por ejemplo, balanzas, y demás instrumentos de medición.
  • Sumas cuantiosas de dinero en efectivo.

Y en sí, cualquier indicio que lleve a deducir el propósito de vender la droga que se encontró bajo su posesión. Sin embargo, todos estos elementos pueden ser abatidos por un abogado defensor mediante las estrategias de defensa idóneas.

Un aspecto legal que se debe tener en cuenta respecto del delito objeto de análisis es que, para que un cargo de este tipo sea procedente, usted debía saber que estaba en posesión de la sustancia, y conocer la naturaleza controlada de la sustancia. Por ejemplo, supongamos que su compañero de habitación vende LSD, y la tenía guardada en el closet que comparten, sin que usted lo supiera y un día la droga es descubierta por oficiales de la policía en medio de un registro así que lo detienen a usted y su compañero, si su abogado logra probar su desconocimiento respecto de la posesión de la droga para fines de venta, usted no podría ser condenado por este delito.

De igual forma sucede si usted no conocía la naturaleza controlada de la droga, aunque este elemento es más fácil de probar por los Fiscales cuando la sustancia es vendida de forma oculta, o secreta, lo cual sugiere que usted conoce acerca del carácter controlado de la sustancia en cuestión. No obstante, todos los elementos probatorios que el Fiscal presente en su contra podrán ser abatidos mediante estrategias legales sólidas.

Venta y Transporte de Sustancias Controladas

Según la disposición 11352 HSC, toda persona que transporte, importe a este Estado, venda, suministre, administre o regale una sustancia legalmente controlada, o se ofrezca a realizar cualquier actividad de las mencionadas, será objeto de sanciones por el cargo al que nos referimos.

Bajo esos términos, ofrecerse a transportar sin necesidad de que usted haya manipulado la droga, es motivo suficiente para procesar un cargo por transporte de drogas en su contra.

Ahora bien, un aspecto legal importante sobre el transporte de estas sustancias es que este se entiende en sentido muy amplio, de modo que, no necesariamente la persona se debe estar moviendo en un vehículo o camión con una carga de drogas considerable, sino que también comprende cantidades pequeñas de drogas que pueden transportarse en bicicleta o incluso a pie, esto es, porque este hecho punible únicamente requiere que la sustancia se mueva de un sitio a otro para su venta. En ese contexto, salir de su casa para llevar cocaína a un vecino para venderla sólo cruzando la calle, puede acarrear una acusación de este tipo.

¿Qué consecuencias legales se imponen en razón de una condena por alguno de estos delitos?

Lo primero que hay que señalar es que las sanciones que se imponen con motivo de una sentencia condenatoria por cualquiera de estos delitos son muy serias. No obstante, su severidad dependerá de los detalles que rodean el caso en específico, por ejemplo, si el acusado posee antecedentes penales por otros crímenes, o si en el hecho existen situaciones agravantes.

A continuación, se especifican las sanciones que prevé la ley respecto de la comisión de los delitos abordados en este artículo:

Una condena por fabricación de sustancias controladas, por cuanto es un delito grave, puede incluir: pena de prisión estatal de entre 3 y 7 años, libertad condicional formal, y/o pagar una multa cuyo valor no exceda de $50.000. No obstante, para este delito existen ciertas agravantes que pueden aumentar la pena, por ejemplo, el tipo de droga que se fabricó, si el proceso de fabricación tuvo lugar en zonas aledañas a un colegio, o si con motivo del proceso de fabricación ocurrió algún accidente en el cual resultó lesionada otra persona.

Por otro lado, poseer sustancias controladas, por lo general, es procesada como delito menor, en cuyo caso la sentencia puede incluir: 1 año privado de su libertad en una cárcel del condado y/o multa cuyo valor no exceda de $1.000.

En cambio, las sanciones aplicables por poseer sustancias controladas con fines de venta, en virtud de que son tratadas como un delito grave, son más severas, y pueden incluir las siguientes: pena de prisión no mayor a 4 años, y/o multa cuyo valor no exceda de $20,000. Sin embargo, este delito también prevé ciertas circunstancias agravantes, por ejemplo, la cantidad y el tipo de droga que se poseía para su venta.

Y por último, la venta y transporte de drogas tratándose de un delito grave, las sanciones que por lo general se incluyen son las siguientes: mínimo 3 y máximo 9 años en prisión, y/o pagar una multa cuyo valor no exceda de $20.000. No obstante, al igual que otros de los delitos mencionados, este delito prevé factores o circunstancias agravantes, entre las cuales se encuentran: vender droga a menores de edad, o transportar determinadas cantidades de ciertas sustancias, lo cual puede aumentar la severidad con la que será castigada su acción.

¿Qué defensas puede emplear un abogado en leyes criminales en estos casos?

Son varias las defensas que se pueden emplear en estos casos, algunas son propias de cada delito en específico, y otras más generales, sin embargo, para emplearlas, es necesario que un abogado especialista evalúe el caso en concreto a fin de determinar la defensa más sólida y apropiada a este, de lo contrario, si se emplean a la ligera, puede que no tenga el resultado esperado en virtud de que cada caso es diferente y no todas las defensas son válidas o se adaptan al mismo.

En cambio, si la defensa es aplicada estratégicamente en función de los detalles del caso concreto, muy posiblemente genere buenos resultados pudiendo ayudar a disminuir los cargos formulados en su contra, o desestimarse por completo.

A continuación, se especifican las estrategias de defensas más comúnmente empleadas por los abogados en leyes criminales:

Usted fue víctima de trampas por parte de oficiales de la ley

En algunos casos los acusados por delitos relacionados con drogas son arrestados con motivo de una operación encubierta donde se simuló una situación para que se tuvieran todas las evidencias para efectuar un arresto, esto es completamente legal, el problema deviene cuando los oficiales de la policía se exceden durante la operación y prácticamente lo inducen para que usted cometa el delito del cual se le acusó, por ejemplo, ofreciéndole exageradas cantidades de dinero en repetidas ocasiones, evitando que usted se vaya del sitio donde están conversando, diciéndole que la acción no es un delito y que puede hacerlo, o cualquier situación similar donde le hayan convencido de cometer el hecho y que, en cualquier otra circunstancia, no habría aceptado realizar.

Bajo estos escenarios, su abogado defensor puede argumentar que los oficiales de la policía le tendieron una trampa, y si dicha defensa logra ser probada, el Juez se verá en la obligación legal de desestimar los cargos formulados en su contra.

Registro e Incautación ilegal

Muchas veces los cargos relacionados con drogas se formulan y fundamentan en pruebas obtenidas mediante un procedimiento de registro e incautación que no cumplió con todas las formalidades que establece la ley, en cuyo caso se dice que el procedimiento es irregular y por tanto ilegal. Esto sucede cuando durante el procedimiento se obvió alguna formalidad, por ejemplo, una orden válida, o se vulneró algún derecho del acusado.

En estos casos, si su abogado defensor logra probar tal irregularidad, lo que sucederá es que el Juez se verá forzado por la ley a desechar del proceso todas aquellas pruebas que se obtuvieron durante el procedimiento, en cuyo caso, básicamente se tendrán como si nunca hubieran existido, lo que le daría oportunidad a su abogado defensor de emplear otras estrategias como la falta de evidencia en caso de que la pruebas que quedaron resulten demasiado escasas o débiles en cuanto a su valor probatorio.

Por esa razón, es importante que, independientemente de cuan compleja parezca su situación legal, busque ayuda legal especializada, ya que una buena defensa puede revertir una situación desfavorable.

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Además de las sanciones que se mencionaron en este artículo, también se tienen las repercusiones que una sentencia condenatoria por crímenes de esta índole puede traer consigo en virtud de sus antecedentes criminales, por ejemplo, que le quiten la custodia de sus hijos, que se le cierren las posibilidades de conseguir un buen empleo, que se afecte negativamente su estatus migratorio, perder el derecho de poseer armas, entre otras. Sin embargo, todo lo anterior se puede evitar si contrata a un abogado especializado a tiempo.

Si actualmente enfrenta cargos por delitos relacionados con drogas en Orange County puede agendar una consulta legal gratuita con un abogado de delitos de drogas de Orange County Criminal Attorney Law Firm llamando al 714-831-1858 y empezar a trabajar en sus posibles defensas. ¡Contáctenos de inmediato!