Es común que en California cuando un sujeto expuesto a algún tipo de maltrato doméstico que se comunica con los agentes policiales para solicitar ayuda, estos decidan solicitar ante el Juez de forma inmediata que dicte una orden de “protección” con la finalidad de asegurar la seguridad e integridad del solicitante.

Dicha orden suele estar conformada por varias condiciones y requisitos que deben ser cumplidos a cabalidad por parte del agresor, lo cual incluye obligaciones de hacer o abstenerse de hacer ciertos actos. No obstante para que esta orden sea dictada se hace necesario el cumplimiento de varios requisitos, y la misma solo llega a tener ciertas consecuencias y alcances.

Por su parte una infracción a una orden de este tipo es considerada un acto delictivo, punible con prisión y pago de altos montos de dinero. Es por tal motivo que si usted actualmente se encuentra involucrado en una situación que dio lugar al dictamen de una orden de esta naturaleza en contra suya, se ponga en contacto con un abogado que le indique que hacer para que su situación no se torne más compleja y le aclare específicamente que debe evitar para no ser castigado por la comisión de un crimen y que además se asegure de que comprenda cuales son los límites y alcances de la misma.

Si se vio involucrado en una circunstancia de violencia doméstica en Orange County, CA que dio lugar al dictamen de una Orden de Protección de Emergencia según la cual usted agredió a otro y por ende le prohíbe realizar ciertos actos, un abogado del bufete Orange County Criminal Attorney Law Firm puede asesorarlo para que entienda por completo lo que dicha orden implica y así ayudarle a evitar recaer en una infracción a la misma o en el caso de que ya la haya infringido lo puede representar durante todo el proceso judicial.

¿Qué significa esta orden?

En primer lugar debe tenerse en cuenta que esta se refiere a una orden judicial emanada por la corte.

Una orden de protección, alejamiento o restricción de emergencia, llamada también “EPO”, es dictada cuando ocurre una emergencia. En el preciso instante donde un sujeto hace un llamado a la policía señalando que es víctima de maltrato doméstico, alegando que está expuesto a un peligro inminente, los agentes a cargo tienen la potestad para involucrarse y responder al llamado del agredido, pudiendo contactar a un magistrado para que cuanto antes emita una orden de esta magnitud para protegerlo y garantizar su seguridad.

Pero el escenario mencionado no se resume al único donde puede dictarse este tipo de orden, ya que la misma puede ser emitida también cuando se configura un caso de violencia en el entorno laboral, o cuando ocurre un caso de maltrato, abuso o acoso contra un adulto mayor. Sin importar cuál sea la situación, los oficiales de policía siempre serán los que tendrán a su cargo la función de llevar a cabo todo lo referente al proceso, y de decidir si realmente es pertinente emitir o no una EPO y por ende contactar al ente competente.

Sin importar qué momento del día sea, es decir si transcurre el día o la noche, estas órdenes cobran vigencia de forma inmediata. Esto quiere decir que cuando la policía da respuesta al llamado de emergencia y estima que quien llama está siendo víctima de maltrato doméstico y procede a comunicarse con el magistrado para que dicte la orden concerniente para proteger al solicitante de su agresor esta entra a surtir efecto inmediatamente.

Estas órdenes señalan varios actos que debe hacer o abstenerse de hacer el agresor entre los cuales puede estar dejar la vivienda de la presunta víctima y no contactarla a ella ni a sus hijos. Tales parámetros deben ser cumplidos a cabalidad ya que de lo contrario se estaría incurriendo en una conducta criminal castigable de acuerdo a las leyes penales.

¿Qué situaciones pueden provocar el dictamen de una EPO?

Cuando se lleva a cabo la detención de un sujeto por supuestamente cometer un acto ilícito y violento, sobre todo cuando el mismo se relaciona con maltrato doméstico, se presenta la probabilidad de que quien fue víctima del acto obtenga el dictamen a su favor de una EPO a fin de protegerla del otro involucrado. Una vez que la policía responde al llamado de emergencia de un sujeto debe pasar a estudiar la situación con cautela y concretar si el otro involucrado efectivamente significa un peligro respecto a la seguridad de la presunta víctima, cuando la policía da por hecho que este último elemento es cierto debe poner al tanto de la situación a un Juez mediante una llamada, quién será el que tendrá a su cargo la función de emitir la orden de forma inmediata.

Una EPO entra en rigor una vez que es aprobada. Usualmente se presenta como una forma de evadir el maltrato persistente contra la víctima, garantizando su seguridad.

Como su nombre lo señalan estas órdenes son dictadas cuando se presentan circunstancias urgentes que ameritan protección para el sujeto durante un tiempo prudente que permita acceder a una orden ante la corte que ya no será de emergencia sino temporal. Ahora bien en relación a una orden temporal esta posee un rango de tiempo mayor al establecido para una de emergencia

Una EPO está dirigida a todos aquellos que padecen maltrato doméstico y que por ende ameritan protección, tomando en consideración lo contemplado por las leyes estatales.

Ahora bien el maltrato puede representarse a través de las siguientes conductas:

  • Agresión sexual
  • Intento de provocar heridas corporales a otro.
  • Emitir advertencias.
  • Incurrir en acoso.
  • Perturbar la paz de otro.
  • Propiciar golpes a otro.
  • Llevar a otro a temer por su seguridad e integridad física.

Además el maltrato físico no se limita únicamente a propiciar golpes, ya que el mismo puede representarse de otra forma, como lo sería a través de empujones, lanzando objetos, jalando el cabello, intimidando a otro u obligarlo a permanecer en determinado sitio e incluso dañando físicamente la mascota de otro.

Por último el maltrato no se resume únicamente al físico, ya que puede abarcar también el abuso verbal, psicológico y el emocional.

¿Cuál es el lapso de vigencia de una EPO?

El lapso de duración de estas órdenes es de:

  • Días hábiles: 7
  • Días calendario: 5

A efectos de lo que se tendrá en cuenta cual resulta más corto entre ambos.

En el suceso de que culmine el lapso de protección dictado para la orden, y de que el sujeto agredido considere que el otro sigue siendo un peligro respecto a su seguridad, tendrá potestad para acudir a la corte y solicitar que se emita una nueva orden pero ahora temporal también llamada TRO. Una vez ejecutada tal acción se debe concretar una fecha para establecer una audiencia durante la cual los involucrados en el asunto tendrán el derecho de manifestar sus opiniones referentes al caso frente al Juez, quien una vez conocidos los mismos debe emitir un fallo sobre si es factible o no aprobar la solicitud sobre el dictamen de la TRO, que posee un rango de duración más extenso que una EPO.

Por otro lado, una vez que expira una EPO y el ente judicial estima que es prudente dictar una TRO, sin que la víctima acuda ante la corte para solicitarlo, esta podrá mantenerse vigente por hasta veinticinco días. Pero el caso puede tornarse más difícil, ya que antes de finalizarse el lapso de vigencia de una TRO, el ente judicial puede proceder a instaurar una audiencia para concretar si es pertinente al caso dictar una orden permanente o PRO, que sin duda alguna conlleva mayores consecuencias si se le compara con las derivadas de una EPO (de emergencia) o de Una TRO (temporal). En tal sentido una PRO puede estar vigente por hasta cinco años prolongables cuando el ente judicial lo considere prudente.

¿Qué rango de alcance tiene una EPO?

A pesar de que una EPO garantiza una protección por poco tiempo, cuenta con un elevado alcance respecto a las obligaciones y parámetro que el ente judicial puede implementar en razón de una.

Algunas de esas obligaciones y parámetros pueden ser:

Una EPO no permite al supuesto agresor establecer contacto o algún tipo de comunicación con el supuesto agraviado, a menos que tal contacto surja como resultado de un motivo señalado por el ente judicial.

Una EPO no permite al supuesto agresor ejercer nuevos actos violentos de maltrato doméstico contra el supuesto agraviado.

Una EPO no permite al supuesto agresor acceder a la vivienda del agraviado o intentar destruirla.

Una EPO exige al supuesto agresor que mantenga una distancia prudente respecto al agraviado. Esto justifica que cuando el ente judicial ha emitido una EPO contra un sujeto, el mismo no puede acercarse al sitio de residencia, de trabajo o aquellos que usualmente frecuenta la víctima. Además si se suscita violencia infantil, el supuesto agresor no podrá acercarse al sitio donde residen los menores de 18 años, ni a la escuela donde cursan estudios.

Una EPO exige al supuesto agresor que se marche de la vivienda que comparte con el otro implicado en el caso (víctima).

Por lo general en estos casos la autoridad judicial le cede la custodia referente a los menores al sujeto señalado como víctima respecto al caso, dado que dicha autoridad maneja como criterio de forma general que el agresor no está en capacidad de garantizar un correcto cuidado y protección de los niños debido a su conducta violenta.

En atención a las circunstancias que dieron lugar al caso, la autoridad judicial puede imponer obligaciones adicionales al emitir una EPO. Tal es el caso de dictar una prohibición que limite al supuesto agresor para establecer alguna forma de contacto bien sea directa o indirecta, con los parientes o amigos de la presunta víctima

¿Qué nivel de limitación tiene una EPO?

Tomando en consideración todo lo descrito con antelación, el objetivo perseguido al dictar una EPO es garantizar protección a una víctima de maltrato doméstico. Sin embargo las órdenes de esta índole tienen limitaciones, tales como:

  • No poseen la autoridad para dar por culminado un vínculo matrimonial existente entre los involucrados. Esto debido a que la única figura jurídica competente para dar por terminado un matrimonio es el divorcio.
  • No poseen la autoridad para adjudicar la custodia o derechos de paternidad sobre un menor respecto al sujeto señalado como agresor en la orden, a menos que los implicados en el caso posean un registro que los avale como pareja o que sean cónyuges. De no existir tal relación, la autoridad judicial sólo considerará prudente tal opción si los implicados llegan a un común acuerdo sobre la atención y cuidados del menor.

¿Qué obligaciones suelen desprenderse de una EPO?

Cuando el ente judicial procede a dictar una EPO contra un sujeto, su vida cambia notoriamente. Por tal motivo es necesario señalar algunas de las obligaciones que usualmente acarrea la emisión de este tipo de órdenes para un presunto agresor:

  • La prohibición de frecuentar determinados sitios o de realizar ciertos actos. En este sentido, un sujeto señalado como agresor en una EPO, no puede acercarse al sitio donde reside la supuesta víctima, a menos de que dicha orden haya caducado.
  • Probablemente el señalado como agresor en una EPO no pueda ver a, ni estar cerca de su hijo (s) (siempre y cuando tenga hijos en común con la víctima). A tal efecto dicho sujeto no podrá ir a la residencia de los hijos, ni tampoco acercarse a la escuela donde cursan estudios.
  • Probablemente el señalado como agresor en una EPO no pueda tener bajo su poder, ni usar armamentos de fuego. Las leyes estatales exigen a quienes están involucrados en este tipo de situaciones que realicen la entrega de las armas en su poder a la policía. Posteriormente podrán instaurar un procedimiento para realizar el reclamo de tales armas pero el mismo suele ser muy complejo.
  • El señalado como agresor en una EPO deberá marcharse del sitio donde reside con la víctima, una vez la orden entre en vigor.
  • En situaciones especiales es probable que una EPO repercuta negativamente sobre el estado migratorio del supuesto agresor.

Por último, se debe tener en cuenta que únicamente la autoridad judicial será quien tenga competencia para establecer las obligaciones que se derivan de una EPO, para lo cual debe valorar lo plasmado en los informes policiales respecto a las circunstancias y el alcance del caso.

¿Qué ocurre en el supuesto de que un sujeto no cumpla las obligaciones impuestas en una EPO?

Cuando la autoridad judicial dicta una EPO contra alguien por supuestamente incurrir en maltrato doméstico, y este no cumple las condiciones establecidas en razón de la misma, dicha autoridad posee competencia para dictar sanciones nuevas.

Ejemplo

Cuando en el caso está implicado un menor, el presunto agresor no podrá tener a su cargo la custodia de tal menor, y es posible que pierda incluso el derecho de verlo como producto del incumplimiento de tal orden.

Un sujeto en tal situación se expone a ser imputado por el cargo de desacato hacia la autoridad, pero si además oculta a un menor incumpliendo una EPO, puede ser acusado por un delito de magnitud grave, lo cual puede llevarlo a ser condenado con prisión y pago de elevadas multas.

¿Qué debe ocurrir para que un sujeto sea acusado de incumplir las obligaciones establecidas en una EPO?

De acuerdo a la norma 273.6 PC si un sujeto incumple las obligaciones impuestas mediante una EPO emitida en contra suya, debe responder ante la autoridad penal por la ejecución de un delito, el cual como se señaló anteriormente se denomina desacato hacia la autoridad.

Pero a efectos de que un sujeto sea presentado ante la autoridad por infringir una EPO la fiscalía con competencia en la materia deja reunir pruebas que demuestren que se configuraron todos y cada uno de los siguientes hechos:

  • Un tribunal competente emitió una EPO contra el acusado.
  • El acusado sabía que dicha orden existía.
  • El acusado estaba en situación de poder cumplir todas y cada una de las obligaciones establecidas por la EPO.
  • El acusado incumplió adrede las obligaciones impuestas por medio de la EPO.

¿A nivel penal que sanciones se imponen por violar una EPO?

Incurrir en esta clase de conductas usualmente es tratado por la autoridad judicial como un ilícito menor en concordancia con la ley. Lo cual implica que puede ser sancionado de la siguiente forma:

  • Prisión por máximo un año.
  • El desembolso no mayor a 1.000$ por concepto de multa.

Aunque en situaciones especiales puede ser procesado tal delito como wobbler, lo que significa que de acuerdo al criterio de la fiscalía puede procesarse la ejecución de un delito de magnitud menor o uno grave, previo un cuidadoso estudio del caso , tomando en cuenta que lo originó, sus consecuencias y si el implicado cuenta con expedientes penales. Además se debe precisar si el implicado cometió un acto violento mientras incumplió la EPO.

Ahora bien, si es decisión de la fiscalía formular cargos por delito menor las sanciones disponibles son las descritas con antelación.

Pero si por el contrario se acusa un delito grave, las penas que pueden dictarse son:

  • Prisión por máximo tres años.
  • El desembolso no mayor a 10.000$ por concepto de multa.

Aunado a lo anterior, también podrá la entidad judicial imponer la obligación para el condenado de asistir a clases con la finalidad de controlar la ira, clases sobre maltrato doméstico y el deber de indemnizar económicamente a la presunta víctima.

¿Puede impugnarse una EPO?

Si, una EPO puede ser tanto eliminada como modificada en cuanto a las obligaciones impuestas respecto a la misma. Para llevar a cabo tal recurso es necesario presentar una solicitud en el tribunal antes de que caduque la EPO..

Cuando se trata de la modificación de una obligación señalada por la EPO, pueden solicitarse cambios como el nivel de distancia, contacto y la comunicación que puede establecerse con la víctima.

Pero debe tener en cuenta que el tribunal usualmente pide el pago de la suma de dinero devengada por la solicitud. Por tal razón es necesario que se informe con respecto a cuál será la suma final que debe cancelar.

También debe considerar que quien solicita la impugnación debe presentar pruebas fehacientes que logren convencer al Juez de que una EPO debe ser eliminada o modificada.

Por lo general las pruebas valoradas por la corte son:

  • Los informes levantados por el agente de libertad provisional, cuando el caso está relacionado con los expedientes criminales del involucrado.
  • La evidencia vinculada al derecho sobre la custodia y visita de los hijos menores, siempre y cuando se acople a las necesidades del caso.
  • Los testimonios dados por otros que estiman que la EPO fue emitida de forma injusta, independientemente de que sean escritos u orales.
  • Los instrumentos que avalen la finalización y el pago de algún programa orientado a la rehabilitación, siempre que le EPO contemple que tal programa era requerido dado que el implicado presentaba problemas con el control de la ira.
  • Pruebas que evidencian el buen comportamiento del implicado ante la corte y durante el proceso.

¿Cómo comunicarme con un abogado experto en Violencia Doméstica y consultar mi caso cerca de mí?

Si requiere información sobre lo que una Orden de Protección de Emergencia implica o si la autoridad judicial emitió una orden de esta índole en su contra en Orange County, CA debe moverse con rapidez sobre todo tomando en cuenta que a pesar de que la misma tiene una duración muy corta, de igual forma acarrea grandes limitaciones, e incluso puede llegar a complicar su vida al transformarse en el futuro en una orden temporal o permanente cuya duración es más extensa. Pero lo peor ocurre si usted no cumple las obligaciones a cabalidad las obligaciones que dicha orden señala ya que puede exponerse a ir a la cárcel e incluso pagar elevadas multas. Consulte su caso con un abogado el bufete Orange County Criminal Attorney Law Firm y así evite caer en una circunstancia que repercutirá sobre su futuro, solo debe comunicarse al 714-831-1858 y solicitar que le aparte una cita durante la cual un experto le otorgara una consulta respecto a su casa y además será del todo gratuita.

Este bufete cuenta con los mejores profesionales del área legal del condado y resaltan por su buena y amplia trayectoria pero sobre todo por lo duro que trabajan para defender los derechos de sus clientes.