Cuando un individuo menor de 18 años comete un delito, es juzgado en el tribunal de menores. Si resulta condenado, el juez puede declararlo un pupilo del tribunal, con lo cual pueden imponer ciertas sanciones, ya que el tribunal adquiere un mayor control sobre éste, además de convertirse en el principal responsable del menor de edad. La imposición de la tutela por parte del tribunal puede tener consecuencias diversas sobre los derechos de los padres, es por esto que necesitará ser asesorado por un abogado si su hijo fue declarado un pupilo del tribunal.

Si un familiar o un menor de edad que conoce ha sido acusado de cometer un delito, debe contar con la asesoría de abogados altamente capacitados, siendo el mejor servicio el de la firma de abogados Orange County Criminal Attorney Law Firm, localizada en Orange County, California. Con nosotros podrá resultar lo menos perjudicado posible de estos hechos ya que implementaremos una estrategia de defensa que le permita obtener un resultado favorable.

¿En qué consiste la tutela del tribunal?

Cuando un menor de edad ha sido acusado de cometer un delito y es condenado en el tribunal de menores, el juez puede dictar un régimen de tutela, con el cual convierte al tribunal en el principal responsable del control y cuidado del menor. De conformidad con el artículo 725 (b) del Código de Bienestar e Instituciones de California, el menor de edad se convierte en un pupilo de la corte cuando transgrede una disposición legal, salvo que sea un toque de queda. Una vez que se instaura la tutela, algunas veces se limita el control que poseen los padres sobre el menor y otras veces se priva totalmente el derecho de custodia de los padres sobre el mismo.

El juez evaluará si debe instaurar el régimen de tutela en base a varios factores, entre los cuales se encuentran su edad, la severidad del delito por el que ha sido condenado, las circunstancias específicas del caso y sus antecedentes penales. Asimismo, la tutela durará un periodo determinado de la libertad condicional o hasta que el tribunal lo ordene cuando lo estime conveniente.

Cuando el tribunal declara al menor un pupilo del tribunal, puede imponer un régimen de la libertad condicional, que en algunos casos podrá cumplir en su hogar. En otros, deberá cumplirla en un hogar de crianza, en el hogar de un familiar, en una institución privada o pública. También podrá ordenar un confinamiento físico en la División de Justicia Juvenil, un campamento, un rancho forestal, un hogar de menores cerrado o un correccional para menores.

Es importante mencionar que, cuando el menor de edad no es un residente de los Estados Unidos, entonces el juez puede ordenar que regrese a su país en vez de asumir su tutela. Sin embargo, esto sólo ocurre cuando considera que esto satisface el interés superior del menor.

¿En qué consiste el régimen de la libertad condicional?

Tras imponer la tutela, el juez puede asignar un régimen de libertad condicional supervisada o sin supervisión, según las circunstancias del caso. Estas se diferencian entre sí ya que en la libertad condicional supervisada se asigna un oficial de libertad condicional que será el encargado de vigilar la ubicación del menor y el cumplimiento de las condiciones por parte de éste. Esta se impone por cualquier delito establecido en el artículo 707 (b) del Código de Bienestar e Instituciones, además del delito de robo y posesión de sustancias controladas.

En cambio, en la libertad condicional no supervisada no se asigna un oficial, sino que el tribunal evaluará el progreso del menor con menor frecuencia.

Ahora bien, las condiciones que se imponen al pupilo del tribunal con el régimen de libertad condicional deben están vinculadas con el delito que ha cometido el menor, entre estas podemos mencionar las siguientes:

  • Cumplir con servicio comunitario.
  • Abstenerse de incurrir en otros delitos.
  • Respetar un toque de queda determinado.
  • Cumplir con los límites de conducción establecidos.
  • Evitar vincularse con ciertas personas.
  • Abstenerse de realizar actividades relacionadas con bandas criminales.
  • La obligación de utilizar un aparato de monitoreo que permita conocer su ubicación exacta.
  • La obligación del menor y sus padres de asistir a terapia psicológica.
  • Cumplir con la asistencia escolar y no transgredir las normas relacionadas con el absentismo escolar.

¿Qué es el absentismo escolar?

Las normas relativas al absentismo escolar del estado de California obligan a los menores de edad de entre 6 y 18 años a cumplir con la asistencia escolar en su distrito. Asimismo, se incurre en éste cuando el pupilo se ausenta de clases 3 días en el mismo año escolar, incluso si no son continuos. También, si asisten con más de 30 minutos de retraso y esto se repite 3 veces en el año escolar. Por otro lado, si su inasistencia a clases abarca el 10% del año escolar, entonces se considera que ha incurrido en absentismo escolar de forma persistente.

Sin embargo, la ley establece ciertas excepciones, por lo que su inasistencia a clases está justificada cuando se demuestra alguna de las siguientes circunstancias:

  • El pupilo estaba enfermo.
  • Los funcionarios de salud de la localidad han dictado una cuarentena.
  • El pupilo asistió a una cita o tratamiento médico, oftalmológico, odontológico o quiropráctico.
  • El pupilo debía acudir al servicio funerario de un miembro de su familia inmediata.
  • El pupilo es el padre de otro menor de edad sobre el cual tiene el derecho de custodia y éste estaba enfermo o tenía una cita médica.
  • El pupilo debía dedicarle tiempo a un familiar, el cual es un militar en servicio activo.
  • Existía algún motivo médico para su inasistencia que había sido aprobado por la escuela.
  • El pupilo debía asistir a un programa de naturalización para la concesión de la ciudadanía de los Estados Unidos.
  • El pupilo debía cumplir con la obligación de ser parte de un jurado.

¿En qué consiste la colocación del régimen de libertad condicional?

  • Régimen de libertad condicional en el hogar. Para imponer el régimen de libertad condicional el hogar, antes se realizará una inspección en la vivienda con el propósito de determinar se adapte a las necesidades del menor, y no represente un ambiente perjudicial para éste.

Además, se evaluará si existe una buena relación entre el menor de edad y sus padres y el acceso a transporte que le permita cumplir con ciertas condiciones de la libertad condicional, como su asistencia al servicio comunitario o a terapia psicológica. Por otro lado, se debe tomar en cuenta si existen otras personas en su hogar que se encuentren sometidas a un régimen de libertad condicional. 

Puede ocurrir que el juez dicte alguna de las otras opciones luego de haber impuesto un régimen de libertad condicional en el hogar que haya fallado, o si el interés superior del menor requiere que no permanezca en el mismo lugar que sus padres. Asimismo, las otras sanciones disponibles son la colocación en el hogar de un familiar, en un hogar de crianza, en una institución pública o privada. 

  • Colocación en el hogar de un miembro de su familia. Cuando el hogar del menor no es adecuado o el régimen de libertad condicional en el hogar ha fallado, el juez tendrá como prioridad la colocación del menor en el hogar de un pariente, ya que debe ser la primera opción antes de considerar cualquier institución.

Cuando el juez decide que el joven tiene que permanecer con un familiar mientras cumple el régimen de libertad condicional impuesto, en algunos casos también le concederá la tutela legal sobre el menor a dicho familiar, de modo que éste tendrá la responsabilidad de tomar las decisiones relativas a su educación y atención médica, además de tener la facultad de otorgar su consentimiento legal para cualquier acto que lo requiera.

  • Familia sustituta. Si no es posible situarlo en el hogar de algún familiar, entonces como último recurso será ubicado en una institución abierta, en las cuales el menor de edad tiene que vivir con personas que deben ser aprobadas por el tribunal. Asimismo, podrá ordenarse permanecer en el hogar de una familia de recursos que haya sido aprobada, en un hogar de crianza, una agencia de adopción, un centro de atención comunitaria con licencia, un hogar grupal o un programa terapéutico residencial a corto plazo. El juez también podrá decidir que cumpla con un programa de tratamiento en otro estado. Cabe destacar que cualquiera de estas opciones tendrá el propósito de rehabilitar al menor para que pueda volver a su casa posteriormente.

Cuando el tribunal impone la tutela, adquiere el derecho de tomar las decisiones relativas a la custodia del menor, por lo que dilucidará la supervisión, cuidado, manutención, conducta y tratamiento médico. Entre los factores que evaluará el juez para colocar a los menores con una familia sustituta se encuentran los siguientes:

  • Los padres del menor no le suministran una educación, formación y orientación correcta.
  • El menor de edad ha incurrido en absentismo escolar de forma persistente y deben vigilarlo.
  • Se ha dictado un régimen de libertad condicional en el hogar con anterioridad, pero el menor no tuvo un progreso.
  • El interés superior del menor es privar de su custodia física a sus padres.

Cuando el juez determina que el menor de edad no debe vivir con sus padres, el departamento de libertad condicional debe recomendar un lugar, para lo cual considerará la opinión del menor y su familia. Además, debe garantizar que el sitio elegido se sienta lo más parecido a un hogar con un entorno familiar, debe estar adecuado a las necesidades del pupilo y, además, debe encontrarse cerca del lugar donde viven los padres.

Por consiguiente, se llevará a cabo una audiencia, en la cual se tomarán en consideración el resultado del estudio social sobre el menor efectuado por el oficial a cargo de la libertad condicional y se presentará el testimonio de impacto de la víctima. Por su parte, el menor de edad y los padres también podrán presentar evidencias que resulten pertinentes para demostrar que el hogar es el lugar más adecuado para el menor. Aunque el oficial de libertad condicional debe emitir su opinión, el juez tendrá la discreción de rechazarla e imponer otras opciones de colocación familiar.

Asimismo, juez establecerá el periodo de tiempo que el pupilo deberá permanecer en la institución u hogar, para lo cual tomará en cuenta sus necesidades y las de los miembros de su familia, si ha completado el programa impuesto con el régimen de libertad condicional de forma satisfactoria, y si representa un peligro para la sociedad.

Una vez que el juez dicte su decisión, deberá celebrarse una audiencia para la revisión de la colocación cada seis meses, en la cual se podrá discutir su modificación. También deberá realizarse una audiencia de planificación de permanencia cada 12 meses en donde podrán participar sus padres, cuando el menor se encontraba viviendo con éstos.

¿En qué consiste el confinamiento del pupilo del tribunal?

Cuando el menor de edad no cumple con las condiciones del régimen de libertad condicional en el lugar establecido de forma satisfactoria, entonces el tribunal puede decidir someterlo a un correccional de menores, un campamento, rancho forestal, un hogar de menores cerrado, o a la División de Justicia Juvenil. Aunque estas sanciones son las más severas, el juez tiene el propósito de enseñarle a ser responsable y no de castigarlo. Asimismo, estos implican un confinamiento físico y son diferentes a una colocación derivada de la libertad condicional, como los que hemos explicado anteriormente.

Ahora bien, la ley impone la obligación de dictar el confinamiento cuando el menor es condenado por cualquier delito mayor violento que esté relacionado con el uso de un arma de fuego. Aunque cuando el menor padece una enfermedad mental grave, un trastorno cognitivo, una adicción a las drogas o al alcohol el juez ordenará someterlo a una institución privada, las cuales generalmente se encuentran dentro del condado donde residen.

El periodo que durará el confinamiento se establece de acuerdo con el delito por el que ha sido condenado, pudiendo imponerse el mismo periodo de tiempo que el tribunal permite cuando un adulto es condenado por ese mismo delito en el tribunal de adulto.

¿Qué es la División de Justicia Juvenil?

El juez puede someter a la esta institución a Los menores de edad cuya última condena sea por un delito consagrado en el artículo 707 (b) WIC, o un delito que requiera el registro como un delincuente sexual, de acuerdo con el artículo 290.008(c) PC.  Además, se requiere que el condenado haya sido declarado un pupilo del tribunal. Esta es una institución cerrada y estricta, en la cual el menor deberá permanecer por un largo periodo de tiempo, además, deberá cumplir con un programa de tratamiento y capacitación adaptado a sus necesidades y el delito que ha cometido.

La DJJ es la sanción más severa que se le puede imponer al menor ya que es lo más similar a una prisión de adultos. Para tomar su decisión, el juez considerará la edad del menor, su nivel de madurez, si representa un riesgo para la sociedad, sus necesidades educacionales y de cualquier otra índole. Asimismo, se debe haber presentado suficiente evidencia que demuestre que este confinamiento puede ayudar al menor a rehabilitarse y que las demás opciones de colocación no son efectivas para lograr tal fin.

El juez establecerá el periodo de duración de este confinamiento, para lo cual evaluará el delito cometido y los antecedentes penales del pupilo. Pero en ningún caso podrá imponer un periodo mayor del periodo de privación de libertad que se le puede imponer a un adulto por ese mismo delito en el tribunal de adultos. Tampoco se ordenará someterlo a esta institución cuando el periodo del confinamiento físico no sea mayor de 90 días.

Por otro lado, la Junta de Audiencias de Menores revisará el caso 45 después de iniciado el confinamiento y celebrará una audiencia de consideración para evaluar si el confinamiento debe terminarse o modificarse. Es importante mencionar que esta junta tiene la facultad de liberar al menor en el momento que lo estime conveniente y considere que se ha rehabilitado. Una vez liberado, se le impone un régimen de libertad condicional, bajo supervisión del departamento de libertad condicional y el tribunal.

¿En qué consisten los derechos del pupilo del tribunal?

De conformidad con la legislación de California, los menores de edad mantienen ciertos derechos cuando se someten a un régimen de libertad condicional. Asimismo, los términos impuestos con dicho régimen deben estar orientados a lograr la rehabilitación y reforma del menor, ser razonables, estar vinculados con el delito por el cual ha sido condenado y prohibir cualquier conducta que podría desencadenar la realización de algún acto delictivo.

Ahora bien, entre los derechos que posee el menor cuando ha sido sometido a un régimen de libertad condicional fuera del hogar o se encuentra confinado en una institución, se encuentran las siguientes:

  • Derecho de visitas por parte de miembros familiares cuando el régimen de libertad condicional impuesto debe cumplirse fuera de su propio hogar o el pupilo se encuentra confinado en una institución.
  • El derecho de acceder a una computadora con internet.
  • El derecho de que el oficial de libertad condicional seleccione el lugar donde debe quedarse según su identidad de género, independientemente del género y sexo que se señala en el registro de bienestar infantil.

¿El menor deberá pagar una multa?

Luego de aprobar la petición, entre las sanciones que puede dictar el juez se encuentran la obligación de pagar multas por montos muy elevados, que incluso pueden llegar a alcanzar el monto de las multas impuestas a los condenados en el tribunal de adultos.

Además, se le obligará a pagar una indemnización a su víctima, que consiste en una compensación por cualquier pérdida económica que le haya provocado su acto delictivo. Es importante mencionar que si la víctima no está viva actualmente, entonces se considera que sus familiares son las víctimas, por lo cual se les deberá hacer el pago a ellos y la institución pública que se ha hecho responsable de la reparación de la propiedad que ha sufrido daños como consecuencia del delito. Sin embargo, antes de imponer la multa, el tribunal debe asegurarse de que el menor tenga la capacidad económica para pagarlo.

Entre los pagos que deberá cubrir el pupilo al indemnizar a su víctima, se encuentran los siguientes:

  • La propiedad robada o dañada.
  • Los gastos de terapia psicológica en que ha incurrido la víctima si resultó afectada mentalmente.
  • Los gastos médicos resultados de los daños corporales provocados.
  • La pérdida de salarios por parte de la misma víctima o sus padres como consecuencia de lesiones que le han impedido trabajar de forma temporal o definitiva.

El pupilo del tribunal tendrá el derecho a que se lleve a cabo una audiencia de indemnización, en la cual se discutirá cuál será el monto exacto que deberá pagar, lo cual se determinará según la seriedad del delito. Asimismo, si ha sido condenado por un delito menor, el monto no excederá de 100 dólares, En cambio sí ha cometido un delito mayor, entonces el monto de la indemnización será de entre 100 y 1.000 dólares.

¿En qué consiste la responsabilidad financiera de los padres?

Cuando el juez impone como parte de las sanciones del menor la obligación de pagar una multa, la indemnización a víctima u otros costos, los padres del menor deben hacerse responsables de los mismos. Sin embargo, el tribunal de menores tomará en cuenta su capacidad económica.

Es por esto que los padres tienen la carga de la prueba en el caso de no poder cubrir estos gastos, por lo que deben presentar evidencias suficientes en el juicio que logren demostrar su incapacidad de pagar. Además, deben probar no haber recibido la notificación sobre la posible responsabilidad de correr con estos gastos antes de que el juez aprobará la petición, o que no se encontraban presentes en las audiencias y demás procedimientos relacionados con los pagos mencionados.

¿Cómo encontrar un abogado cerca de mí?

Resultar condenado en el tribunal de menores puede entrañar consecuencias severas para la vida personal y el futuro de un menor de edad, además de afectar los derechos de los padres del mismo. Si su hijo o un menor de edad que conoce ha incurrido en un acto delictivo, debe contactarnos lo antes posible. Somos su mejor opción ya que conocemos ampliamente el procedimiento judicial en el tribunal de menores. Además, contamos con una extensa trayectoria profesional y nos encargaremos de evaluar su caso con el fin de implementar la estrategia de defensa más conveniente para lograr que la petición sea rechazada, y por lo tanto el tribunal no pueda imponer un régimen de tutela sobre el joven.

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