El artículo 11350 del Código de Salud y Seguridad de California establece que es un delito tener la posesión ilegal de una sustancia controlada. Ello se debe a que el uso sin control de esta clase de sustancias se ha convertido en un problema grave para la salud pública. Se trata de sustancias que pueden provocar una fuerte dependencia, además de causar daños físicos y mentales a quienes las consumen.

Esa es la razón por la que su uso está regulado por las leyes, e infringir tales normas constituye un hecho ilícito que se castiga severamente con la imposición de penas privativas de libertad y multas. La buena noticia es que aquellos que violan estas normas por primera vez, pueden obtener la desestimación del cargo si completan con éxito un programa relacionado con las drogas. Pero si un individuo posee antecedentes penales, las sanciones serán mayores.

El hecho de que una sustancia sea de uso controlado no necesariamente implica que deba tratarse de una sustancia ilegal. Hay muchos medicamentos que contienen sustancias controladas, que se emplean para el tratamiento de dolencias y enfermedades, y cuya posesión injustificada constituye un delito. Según la Ley de Sustancias Controladas de EEUU, las denominadas sustancias controladas incluyen drogas ilícitas como la cocaína, pero también incluyen medicamentos recetados como la oxicodona, y su posesión es un hecho ilícito si no se posee una prescripción médica válida.

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¿Cómo se configura el hecho ilícito de posesión de sustancias controladas?

Según el artículo 11350 previsto en el Código de Salud y Seguridad de California, todo individuo que posea cualquier sustancia controlada, salvo que tenga una prescripción médica suscrita por un médico, dentista, podólogo o veterinario con licencia para ejercer en CA, comete este delito.

Ejemplos del mismo son los siguientes:

  • Ir a reunirse con unos amigos en un local llevando una bolsita de cocaína en la mochila.

  • Visitar la casa de una amiga teniendo escondido en la chaqueta un empaque deoxicodona.

  • Ir a pasar un rato a un área verde de la urbanización, teniendo una bolsita que contiene heroína escondida en una de las botas.

A fin de que usted tenga una mejor comprensión de los términos utilizados en la norma, vamos a explicar algunos de ellos:

¿Qué es posesión de sustancias controladas?

Se refiere a tener en posesión, o tener el control del lugar en el que se encuentra una droga o narcótico de uso controlado según la ley, sin tener una prescripción médica válida para ello.

¿Cuáles son las sustancias controladas?

El Código de Salud y Seguridad incluye en una lista las sustancias que se consideran de uso controlado, entre las cuales hay drogas legales e ilegales, tales como:

  • Cocaína,

  • Heroína,

  • LSD,

  • Peyote,

  • Hidrocodona (Vicodin),

  • Oxicodona (Oxycontin),

  • Ketamina,

  • Valium,

  • Xanax, y

  • Codeína.

Tenga en cuenta que dentro de esta enumeración no se encuentran ni la marihuana ni los estimulantes, ya que estos poseen una regulación propia, establecida en otras secciones del Código de Salud y Seguridad de California.

Estas sustancias han sido clasificadas como de uso controlado porque consumirlas indiscriminadamente puede ocasionar casos graves de dependencia, daños mentales y físicos e inclusive la muerte. Es por eso que, cuando son empleadas en un tratamiento médico, su uso debe ser aconsejado y observado por un médico con licencia válida para ejercer en California.

Otro aspecto que usted debe conocer es que la Ley clasifica esta clase de sustancias de acuerdo con varias categorías, dependiendo de los efectos que puedan producir en los organismos de los seres humanos, graduándolas entre categorías que van de la I a la V, de mayores a menores, por el grado de daños que puedan causar. Estas son:

Categoría I. Aquí se encuentran incluidas aquellas que representan un mayor peligro de salud por su grado de dependencia y adicción. Nos referimos a los alucinógenos, depresores y opiáceos, como la mescalina, el peyote, cocaína base, éxtasis y la heroína.

Categoría II. Se incluyen en esta clase las sustancias que poseen una gran propensión para crear adicción, pero que pueden tener usos médicos bajo la debida supervisión. Consumirlas puede tener efectos negativos en el cuerpo humano, por lo que el Estado controla la venta y su consumo con el objetivo de que su uso sea limitado a aquellas personas que posean una prescripción médica válida. Este es el caso de la morfina, la anfetamina, el opio y la hidrocodona.

Categoría III. Las incluidas aquí no poseen un gran riesgo de causar adicción o dependencia, pudiendo ser utilizadas en varios tratamientos médicos, como es el caso de la testosterona, la ketamina, los esteroides y el LSD.

Categoría IV. Aquí se incluyen las sustancias cuyo uso no constituye un riesgo muy alto para la salud, aunque su consumo en dosis exageradas puede ser perjudicial. Se suelen utilizar en tratamientos que necesitan de una prescripción del médico para poder adquirirlas y consumirlas, como ocurre con el xanax, valium y ativan.

Categoría V. Dentro de esta categoría están incluidas las sustancias que poseen menor riesgo de crear dependencia o adicción, aunque de todas formas requieren de un récipe médico para poseerlas, nos referimos a la buprenorfina, etilmorfina y difenoxina.

Poseer de forma ilegal una cualquiera de ellas, constituye el hecho ilícito al que nos estamos refiriendo en este artículo, por lo que un individuo puede ser acusado de posesión de sustancias controladas y puede ser condenado a cumplir severas penalidades si no posee una prescripción médica válida suscrita por un médico, veterinario, podólogo o dentista con licencia para ejercer en California, en la que se justifique la razón por la cual esas sustancias están en su posesión.

¿Qué es lo que debe demostrar la Fiscalía para que se dicte una sentencia condenatoria por este delito?

La Fiscalía tiene que demostrar la concurrencia de los siguientes elementos constitutivos, para que la Corte dicta una sentencia condenatoria:

  • El acusado poseía sustancias controladas,

  • El acusado no poseía una prescripción médica válida para esas sustancias,

  • El acusado tenía conocimiento de la existencia de la sustancia,

  • El acusado conocía la naturaleza de la sustancia, y

  • La sustancia controlada fue encontrada en una cantidad utilizable.

Recordemos que una sustancia controlada es una droga o sustancia química cuya fabricación, posesión y uso se encuentran regulados por las leyes y para entender el significado legal de algunos términos empleados, procederemos a explicarlos:

Posesión de sustancias controladas

Un individuo tiene posesión de una sustancia si tiene control sobre ella. Esto puede ser personalmente o a través de otro sujeto, ya que de acuerdo a las leyes no se requiere que un individuo tenga que sostener o tocar algo para que se entienda que lo posee. Es por ello que la posesión puede dividirse en tres clases:

Posesión real: en este caso, nos estamos refiriendo a una posesión física, bien sea que la sustancia se encuentre en la ropa, en la mano o en otra sección del cuerpo del sujeto. Pensemos en que un individuo lleva una bolsa con la sustancia en un bolsillo de su camisa o de su chaqueta, o que en el instante de ser detenido la tenía en su mano u oculta dentro de una de sus botas como en el ejemplo que se indicó anteriormente.

Posesión constructiva: Se verifica cuando un individuo no posee físicamente la sustancia, pero la misma está ubicada en un sitio sobre el cual tiene el control de acceso, que puede ser el casillero del trabajo, su auto, su oficina o su vivienda. Pensemos que puede tenerla guardada en un compartimiento secreto de su vehículo, o en el clóset de su habitación.

Posesión articulada: ocurre cuando una posesión física o constructiva se encuentra controlada por varios individuos al mismo tiempo. Esta situación se verifica cuando las sustancias se encuentran en una zona común de la vivienda que es compartida con varios individuos, como una residencia estudiantil, o en un automóvil en cuyo interior se encuentran varios pasajeros.

Si la sustancia estaba en un baño que es de uso común o en una gaveta de la cocina o de una vitrina de la vivienda que es compartida por varios sujetos, se presume legalmente que la posesión de la misma es articulada, esto es, compartida por todos aquellos que allí habitan, de modo que todos van a compartir la responsabilidad penal por su posesión. No obstante, se trata de una presunción que puede ser desvirtuada por un buen abogado defensor, que podrá demostrar el desconocimiento de que esa sustancia se encontraba allí por parte de algunos de los residentes o que realmente algunos de ellos no tenían el acceso al sitio en que se encontró la misma.

No se tiene una prescripción médica válida

Recuerde que poseer sustancias controladas constituye un hecho ilícito si el individuo no poseía una prescripción médica suscrita por un doctor, podólogo, veterinario o dentista, con licencia para ejercer en California. De modo que si tiene tal prescripción, entonces su posesión es lícita y no podrá ser acusado por este delito.

Es posible que la Fiscalía tenga sus dudas sobre la veracidad de tal prescripción, pero será labor del abogado defensor aportar pruebas como por ejemplo el testimonio del especialista que suscribió la receta, o traer a juicio la historia médica del acusado para justificar la posesión de la sustancia, o ambos, y su defendido no podrá ser declarado responsable de este hecho ilícito.

Conocía de la existencia de esa sustancia y de su naturaleza controlada

Para ser declarado responsable por este hecho ilícito, se requiere que el acusado haya tenido conocimiento de los siguientes aspectos:

  • La presencia de la sustancia controlada en el lugar en que fue encontrada, y

  • El hecho de que la sustancia corresponde a una sustancia de uso controlado.

Y es absolutamente necesario que la Fiscalía demuestre que el acusado tuvo conocimiento de las dos cosas, aunque no tiene que probar que conocía exactamente de qué tipo de sustancia se trataba, basta con demostrar que era consciente de su naturaleza controlada y su presencia.

Este último es un elemento constitutivo muy importante en aquellos casos en que la posesión sea articulada, bien porque se encontraba en una vivienda compartida por varios sujetos, o en un automóvil en el que viajaban varios individuos. De modo que se debe demostrar que todos tenían conocimiento de su presencia en ese lugar.

Cantidad utilizable para ser consumida

Una cantidad utilizable es una cantidad que es suficiente para que alguien la consuma, de modo que los rastros, es decir, simples residuos que sean inútiles para su consumo no se consideran cantidades utilizables. Por otro lado, una cantidad utilizable no necesariamente ha de ser suficiente, ni en gramos ni en pureza, para intoxicar al usuario, sólo se requiere que se trate de una dosis que sea susceptible de consumirse.

Si la Fiscalía falla en demostrar uno cualquiera de estos elementos constitutivos, lo más probable es que la Corte desestime el caso, ya que el acusado no podría ser declarado responsable por este delito.

¿Cuáles son las penas que se imponen por este hecho ilícito?

La mayoría de los casos de posesión de drogas son procesados como de delitos menores y las sanciones que se imponen son:

  • Cárcel hasta por 1 año, y/o

  • Multas hasta por la cantidad de $1.000,00.

Sin embargo, es posible que la Corte decida conceder un beneficio de libertad condicional simple o informal, sin sometimiento a un régimen de presentación ante las autoridades correspondientes. Esto suele ocurrir cuando es la primera vez que el acusado incurre en este hecho ilícito y podría ser sometido a un programa para la prevención de drogas, así como tendrá la obligación de cumplir con las condiciones y términos que el Juez considere convenientes, y si logra completar todas sus obligaciones de manera satisfactoria, el caso se sellará y será excluido de sus antecedentes criminales.

No obstante, en determinadas circunstancias, la posesión ilegal de sustancias controladas puede ser procesada como una felonía. Esto ocurre más que todo cuando un acusado tiene una condena previa por un crimen sexual o un hecho ilícito grave. En este caso, la pena que se puede imponer es:

  • Pena privativa de libertad que deberá cumplirse en una prisión del condado y cuya duración puede ser hasta por tres años.

¿Existen consecuencias adicionales que deriven de una condena por este hecho ilícito?

Lamentablemente, la respuesta es que sí las hay. En caso de que el procesado no sea ciudadano, se puede modificar su situación migratoria, convirtiéndolo en un candidato para ser declarado inadmisible o para ser deportado. Como efecto adicional, si el delito fue calificado como una felonía, podría perder su derecho a adquirir o portar armas en este Estado.

¿Se pueden excluir los antecedentes penales que surgen como resultado de una condena de esta clase?

Nuevamente la respuesta es que sí. De acuerdo con el artículo 1203.4 del Código Penal se pueden eliminar todas las sanciones y limitaciones que surjan de la condena, siempre y cuando el procesado que lo solicite haya:

  • Completado con éxito todos los términos y condiciones de su libertad condicional a satisfacción del Tribunal, o

  • Haya cumplido totalmente con la pena de prisión que le haya sido impuesta, y

  • Que al momento de hacer la solicitud no se encuentre acusado por la comisión de otro delito, o en libertad condicional o en la cárcel por la comisión de otro hecho punible.

¿Qué argumentos de defensa son los que más se emplean frente a este delito?

Una buena línea de defensa puede ser la diferencia entre pasar un largo período de tiempo en prisión y el pago de cuantiosas multas, y una sustancial reducción de los cargos o incluso la desestimación de los mismos, por lo que el acusado debe buscar asesoramiento profesional oportuno, como el que pueden brindarle los abogados con los que cuenta Orange County Criminal Attorney Law Firm. Estos podrán analizar las circunstancias del caso y encontrar la línea de defensa que resulte más adecuada para aplicarla, entre las cuales se encuentran:

El acusado no tenía la sustancia en su posesión

Recuerde que un acusado sólo es culpable de acuerdo a la regulación legal de este hecho ilícito, si efectivamente poseía de forma real, constructiva o articulada, una sustancia controlada. Esto significa que es una defensa legal para un acusado demostrar que no poseía la misma, de modo que los cargos deben ser desestimados.

El acusado poseía un récipe médico legal

Un acusado no es responsable bajo esta ley si tenía una receta médica válida por escrito para el uso de sustancias controladas, suscrita por un médico, podólogo, veterinario dentista con licencia para ejercer en este Estado.

Registro e incautación ilegal

La Cuarta Enmienda a la Constitución de los EEUU declara que las personas tienen derecho a que no se practiquen registros e incautaciones irrazonables, sin haber obtenido previamente una orden judicial para ello. Si las autoridades obtienen evidencia de una búsqueda e incautación ilegal, entonces esa evidencia debe ser excluida del juicio por el Juez, porque se considera obtenida de forma irregular, y por lo tanto, ilegalmente, de modo que cualquier cargo formulado con base en esas evidencias podría reducirse o incluso desestimarse.

Evidencia insuficiente

Hay que recordar que la Fiscalía tiene la obligación de demostrar la concurrencia de todos los elementos constitutivos del delito, y si las pruebas resultan ser débiles o insuficientes respecto a alguno de ellos, entonces el procesado no podría ser declarado responsable por este delito. En este caso, la labor del abogado defensor consiste en desvirtuar la credibilidad de las pruebas de la Fiscalía, y si tiene éxito, el caso será desestimado por la Corte.

¿Qué delitos se encuentran relacionados con la Posesión de Sustancias Controladas en California?

  • Posesión de una sustancia controlada para la venta – Código de Salud y Seguridad 11351.

  • Venta y transporte de sustancias controladas – Código de Salud y Seguridad 11352, y

  • Encontrarse bajo la influencia de una sustancia controlada – Código de Salud y Seguridad 11550.

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Tal como acabamos de explicar, una condena por esta clase de hechos ilícitos conlleva muchas consecuencias que afectarán su futuro, no sólo por la pena en la cárcel que podría tener que cumplir y el pago de cuantiosas multas, sino que un registro penal de esta clase va a afectar negativamente su futuro, limitando sus posibilidades de adquirir un nuevo empleo, rentar una vivienda, ingresar en una prestigiosa institución educativa, optar para créditos o becas estudiantiles y hasta podría ser deportado del país. Si usted ha sido acusado por posesión de sustancias controladas en Orange County y desea evitar los desastrosos efectos que una condena de esta naturaleza puede acarrearle, tiene que ponerse inmediatamente en comunicación con Orange County Criminal Attorney Law Firm.

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