Las consecuencias derivadas de haber sido condenado por un delito cuando era menor de edad, pueden perseguirlo hasta la adultez. Esto se debe a que la existencia de antecedentes penales dificulta en gran medida el desempeño de ciertas actividades y puede afectar gravemente su vida personal y profesional. Sin embargo, existe una solución para esto.

La ley establece la oportunidad de cerrar los registros que han resultado del procedimiento en el tribunal de menores, siempre y cuando el solicitante cumpla con una serie de requisitos establecidos en el artículo 781 del Código de Bienestar e Instituciones. Una vez que se sellan los registros, todas las dificultades que surgen de la condena desaparecen.

Si desea lograr el sello de sus registros, debe contar con la asesoría de abogados altamente capacitados, siendo el mejor servicio el de la firma de abogados de defensa criminal de Orange County Criminal Attorney Law Firm, localizada en Orange County, California. Podemos brindarle toda la información que necesita sobre este procedimiento y asesorarlo para la presentación de una solicitud que tenga una alta probabilidad de ser aceptada.

¿Qué son los Registros de Menores?

Los registros de menores se refieren a un conjunto de documentos relacionados con la actividad delictiva en que ha incurrido un menor de edad que ha sido procesado en el tribunal de menores. Entre los registros de menores se encuentran los informes policiales de los oficiales de orden público que custodiaban al menor luego de ser acusado de cometer un delito; el expediente judicial, el cual contiene los documentos relativos a las comparecencias ante el tribunal, y cualquier otro asunto relacionado a la actividad ilegal sobre el cual el juez se haya pronunciado.

Cuando se le instruyen cargos a un menor de edad por la comisión de un delito, adquiere un expediente judicial en donde constan los procedimientos formales llevados a cabo en el tribunal, de manera que conste en ellos cualquier instrucción de cargos o audiencias que se han celebrado a lo largo del proceso judicial.

Asimismo, existen casos en los que el juez desestima los cargos del menor cuando lo estima conveniente, tras analizar una serie de factores. Pero incluso si esto ocurre en su caso, los registros de menores pueden seguir estando disponibles.

Ahora bien, entre los documentos que forman parte de los registros de menores se encuentran los siguientes:

  • Los informes de libertad condicional. Cuando un menor es condenado por un delito en el tribunal de menores, el juez lo declara un pupilo del tribunal, por lo que procede a imponer las sanciones que considere pertinentes. Entre las sanciones se encuentra un régimen de libertad condicional. A diferencia del tribunal de adultos en que las sanciones están orientadas al castigo del condenado, todas las sanciones posibles en el tribunal de menores tienen como principal objetivo la rehabilitación del menor. Cuando el juez dicta un régimen de libertad condicional formal, designa a un oficial de libertad condicional para que supervise el cumplimiento del programa de rehabilitación por parte del menor.

Este oficial que ha sido designado debe presentar informes sobre el progreso del menor ante el tribunal de manera que el juez pueda estar enterado. Por ejemplo, si el menor ha sido condenado por un delito de DUI, los informes incluirán los registros de asistencia a la escuela de DUI. Además, cualquier otro documento o registro de libertad condicional también forma parte de los registros de menores, incluyendo las órdenes emitidas por el tribunal cuando impuso las sanciones.

  • Los Registros de Arrestos. Cuando la policía lleva a cabo un arresto, generalmente establecen la fecha de la instrucción de cargos. Para esto, el menor debe dar su nombre completo, le toman una fotografía de prontuario y sus huellas dactilares, con el fin de identificarlo. Adicionalmente, los policías que efectuaron el arresto deben dejar constancia de los detalles del mismo en el libro de sucesos. Todos estos documentos se almacenarán hasta que se requieran, de modo que también forman parte del registro de menores.
  • Los artículos y documentos presentados como evidencia. Incluye las evidencias que se han presentado en el juicio para demostrar que el menor ha cometido el delito, las cuales pueden consistir en cualquier documento o artículo utilizado en la ejecución material del delito. Por ejemplo, si fue acusado por posesión de parafernalia de drogas, se presentan los instrumentos encontrados por la policía al momento del arresto. También pueden incluir una factura, un contrato, una fotografía o una grabación de audio o vídeo. Todos estos documentos se conservan hasta después del proceso judicial.
  • Disposiciones judiciales. Cualquier disposición emitida por el juez o hallazgo hecho por éste durante el proceso judicial, forma parte de los registros de menores. Ente estos se encuentran las órdenes preliminares emitidas por el juez antes de la celebración del juicio y la sentencia condenatoria, que son almacenadas por los funcionarios judiciales en los registros de menores.

¿Quiénes son elegibles para el sello de los Registros de Menores?

Existen una serie de requisitos para ser elegible para el sello de los registros de menores, de manera que puede verificar si cumple con ellos antes de solicitar los mismos, y evite que su solicitud sea rechazada.  El artículo 781 del Código de Bienestar en Instituciones establece la posibilidad de que las personas que poseen registros de menores previos soliciten el sello de los mismos siempre que cumplan con los siguientes requisitos para su concesión:

  1. Ha pasado un periodo de tiempo aceptable. Debe haber transcurrido un periodo de tiempo suficiente antes de que el menor solicite el sello de los registros. Esto está relacionado con la edad que tiene el menor al momento de hacer la solicitud, ya que la ley establece que debe tener al menos 18 años de edad, con el propósito de impedir que los menores de edad que continúen bajo las órdenes del tribunal eludan su responsabilidad penal. Esto se debe a que en algunos casos el juez impone como sanción que la persona se abstenga de realizar una actividad hasta que cumpla la mayoría de edad. Por ejemplo, a un menor que ha sido condenado por el delito de DUI, se le impone la obligación de no conducir hasta los 18, por lo que no podrá solicitar el sello de los registros hasta entonces ya que esto anularía la sanción.

Además, otro motivo por el cual la ley establece la mayoría de edad como requisito es que la mayoría de edad implica que los documentos emitidos cuando era menor de edad pierden relevancia, por lo cual se realiza el sello de los registros.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que, si la sanciones o la orden impuesta por el tribunal señalaba que debía cumplirla hasta después de los 18 años, entonces deberá solicitar el sello 5 años después de la culminación de la jurisdicción del tribunal, la cual varía según el caso concreto. Cabe destacar que esto aplica incluso si ya ha cumplido satisfactoriamente con las sanciones que le fueron impuestas.

  1. El Tribunal ha recibido información convincente sobre su rehabilitación. Cuando el juez recibe la solicitud para el sello de los registros, puede exigir que se presenten evidencias de la rehabilitación del solicitante con el fin de garantizar que no incurra en otros delitos luego del sello de los registros. Por consiguiente, es conveniente que antes de hacer la solicitud, reúna suficientes evidencias que prueben que ha tenido una buena conducta luego de haber cumplido con las sanciones impuestas con la condena.

Es importante mencionar que probar su rehabilitación es más difícil para los menores condenados por delitos graves. Por ejemplo, si una persona ha sido condenada por participar en bandas criminales, debe presentar pruebas de las consultas de rehabilitación con un psicólogo, además de ofrecer pruebas de que ha colaborado con la policía para la localización de las otras personas que formaban parte de la banda.

  1. No debe existir un proceso judicial civil en curso originado de actividades realizadas cuando era menor de edad. El Tribunal de menores juzga los asuntos relacionados con la actividad delictiva, mientras que los tribunales civiles juzgan los asuntos civiles, por lo que es posible que cuando se le imputaron cargos en el tribunal de menores, también haya sido demandado civilmente por las actividades ilegales en las que incurrió siendo menor de edad. Generalmente el juicio penal y el civil no culminan al mismo tiempo, por lo que debe asegurarse de que el proceso civil haya culminado al momento de solicitar el sello de los registros de menores.

Asimismo, sólo se realizará el sello de los registros si se ha dictado una sentencia definitiva en ambos procesos y se han impuesto las órdenes respectivas.

  1. No debe haber cometido delitos de vileza moral siendo adulto. Los delitos de vileza moral son aquellos que la población considera alarmantes e inaceptables en una sociedad. Estos delitos pueden provocar graves daños a las víctimas, algunos de ellos irreversibles como la muerte. Entre estos delitos se encuentran los siguientes.
  • Artículo 187 PC. Consiste en ocasionar la muerte de otra persona. Este delito se considera un delito capital, por lo cual conlleva sanciones severas como la cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional. Si ha sido condenado por este delito, no será elegible para el sello de sus registros de menores.
  • Abuso de menores. Se encuentra consagrado en el artículo 273(d) PC y consiste en infligir un un daño físico severo o un castigo corporal cruel a un menor de 18 años, debido a la gravedad de los hechos constitutivos de este delito, también constituye un delito de vileza moral.
  • Violación. Establecido en el artículo 261 PC. Consiste en mantener relaciones sexuales sin el consentimiento de la otra persona mediante el uso de fuerza, amenazas o fraude. Una condena por este delito conlleva sanciones muy graves, por lo que si solicita el registro de menores existe una gran probabilidad de que no se le conceda.
  1. Podrá obtener el sello de los registros aun cuando no fue condenado en el proceso judicial del tribunal de menores. Aquellas personas cuyos cargos por un delito menor hayan sido desestimados en el tribunal de menores, serán elegibles para el sello de registro de menores una vez que culmine el procedimiento. Esto se debe a que incluso después de la desestimación, algunos registros siguen estando disponibles.

Cabe destacar que existen varios factores que pueden conllevar a la desestimación de los cargos imputados con el fiscal, con lo cual se procede a cerrar el caso. Entre estos factores se encuentran los siguientes:

  • Evidencia insuficiente. Cuando las pruebas presentadas en el proceso judicial del tribunal de menores no son suficientes o son inadmisibles para probar la concurrencia de los elementos del delito más allá de toda duda razonable, entonces el juez podrá decidir que se desestimen los cargos. Por ejemplo, si el policía que condujo el arresto creó informes policiales falsos, entonces las pruebas que resulten de su conducta indebida son inadmisibles en el juicio, lo cual puede conllevar una insuficiencia de evidencias. Por otro lado, el fiscal a veces presenta evidencias insuficientes desde el comienzo del proceso, por lo que se desestiman los cargos desde un inicio por considerar que no existe una causa probable para proceder al juicio.
  • Absolución de los cargos. Si el caso llegó a la etapa de juicio, pero los argumentos y las evidencias presentadas por el fiscal no lograron probar la concurrencia de los elementos del delito más allá de toda duda razonable, entonces el juez lo declarará inocente, por lo cual no se le impondrán sanciones ni órdenes judiciales adicionales.

¿En qué consiste el procedimiento del sello de los registros de menores?

Una vez que se haya asegurado de que cumple con los requisitos para el sello de los registros, está listo para realizar la solicitud. Debe tener en cuenta que es conveniente contar con la asesoría de un abogado que lo ayude a reunir los requisitos necesarios para su presentación y lo asesore durante cada acto del procedimiento del sello de registros.

El procedimiento para el sello de los registros de menores suele tener una duración de 8 a 10 meses, según los requerimientos de su caso concreto. Este constará de los siguientes actos:

  1. Presentar una solicitud para el sello de los registros ante el tribunal de menores. Con la solicitud, deberá incluir los documentos que las respaldan. Además, deberá señalar cuáles son los registros de menores específicos cuyo sello solicita. Si tiene un abogado que lo asesore, éste incluso puede presentar la solicitud con todos los documentos necesarios y entregarlas en el tribunal en su nombre.

En algunos casos, el juez permite que el abogado presente la solicitud sin que sea necesario que el solicitante esté presente, de modo que el solicitante sólo debe revisar las actualizaciones de la solicitud cuando su abogado le informe. Sin embargo, el juez también podrá pedirle que comparezca en persona para hacerle una entrevista oral con el propósito de determinar si cumple con los requisitos. Pero durante esta entrevista su abogado puede estar presente para ayudarlo a responder las preguntas.

  1. El establecimiento de la fecha de la audiencia. Luego de que el juez admite la solicitud, establece una fecha para la celebración de la audiencia. Una vez que sea informado de la fecha su abogado puede comenzar a reunir todas las evidencias e información pertinente que deba presentar durante la audiencia, incluyendo las pruebas relacionadas con su rehabilitación, con el fin de que el juez pueda asegurarse que ha mantenido una buena conducta luego de haber cumplido con las sanciones impuestas con la sentencia condenatoria.

En la audiencia, el juez determinará el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad en base a las evidencias presentadas. Además, el fiscal del tribunal de menores comparecerá en la audiencia para corroborar los registros y pronunciarse con respecto al sello de los mismos, pudiendo mencionar los factores agravantes que existieron en su caso para oponerse a la solicitud. Sin embargo, su abogado tendrá la oportunidad de contradecir los argumentos del fiscal de la manera más conveniente para favorecerlo.

Por otro lado, si se le impuso un régimen de libertad condicional con la condena, en esta audiencia el oficial de libertad condicional que fue designado para supervisarlo, presentará los informes de libertad condicional, que serán revisados por el juez para verificar si completó el régimen de libertad condicional impuesto y cumplió con todas las condiciones de manera satisfactoria, en cuyo caso le será más fácil obtener el sello de los registros.

  1. El veredicto del juez. Tras haber considerado los argumentos y pruebas presentados por las partes en la audiencia, el juez emitirá una decisión. Si el juez aprueba el sello de los registros de menores, expedirá una orden judicial a cualquier persona o institución que posea los documentos, en donde se les obliga a sellar los registros y abstenerse de consultarlos de allí en adelante.

Por el contrario, si el juez rechaza la solicitud, entonces cualquier persona o institución que tenga acceso a los documentos puede consultarlos. Aunque el solicitante tendrá la oportunidad de presentar otra solicitud después de que haya transcurrido un periodo de tiempo razonable.

¿Se pueden reabrir los registros de menores que han sido sellados?

Incluso si se le permite sellar sus registros de menores, existen ciertas circunstancias en las que se requiere que sean abiertos de nuevo para consultar los documentos y cualquier otro material que contengan. Sin embargo, las autoridades respectivas deben asegurarse de que se respeten los procedimientos establecidos para que esto se lleve a cabo de la forma más discreta posible. Asimismo, entre las circunstancias que conllevan a la reapertura de los registros de menores se encuentran las siguientes:

  • El Departamento de Vehículos Automotores necesita revisar sus registros de conducción. Cuando una persona es condenada por un DUI u otro delito de conducción siendo menor de edad y tiene solicitudes en curso con compañías aseguradoras, el DMV requiere acceder a los registros, ya que los ajustadores de seguros requieren pruebas certificadas sobre los factores de riesgo del solicitante, con el fin de determinar si califica para recibir los servicios de la compañía aseguradora.
  • Cuando es parte de una demanda civil por difamación. Si es parte de una demanda por difamación, se podrán abrir sus registros de menores con la finalidad de presentar evidencias relevantes en el caso. Una vez que se emita la sentencia, se podrán sellar nuevamente los registros.

¿Los registros de menores que han sido sellados serán destruidos?

Generalmente se pueden destruir los registros de menores luego de haber sido sellados, con lo cual no se podrán abrir nuevamente, salvo que el juez determine que deben conservarse en circunstancias excepcionales. Asimismo, si fue declarado un pupilo del tribunal por motivo de desobediencia habitual o absentismo escolar, el tribunal ordenará la destrucción de sus registros de menores 5 años después de que el juez emita la orden para su sello. Pero si fue declarado un pupilo del tribunal por participar en actos delictivos, entonces la destrucción de los registros se llevará a cabo cuando cumpla 38 años.

¿Cuáles son los beneficios del sello de los registros de menores?

Entre los beneficios del sello de sus registros de menores se encuentran los siguientes:

  • La posibilidad de indicar legalmente que no posee antecedentes penales y que no ha sido arrestado, lo cual facilita la obtención de un empleo, una licencia, un préstamo y oportunidades educacionales, entre muchas otras.
  • Los posibles empleadores no lo discriminarán por tener antecedentes penales, ya que no podrán acceder al registro de menores que ha sido sellado.
  • No tendrá que registrarse como un delincuente sexual de conformidad con el artículo 290 PC, si se le imponía esta obligación por la condena del tribunal de menores.

¿Cómo encontrar un abogado cerca de mí?

La aprobación o el rechazo de su solicitud para el sello de los registros de menores dependerá en gran parte de la formulación de la misma y la presentación de evidencias que logren demostrar que cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en la ley. Para obtener los mejores resultados, debe contactarnos lo antes posible, conocemos este procedimiento a cabalidad ya que hemos trabajado con el mismo múltiples veces en nuestra extensa trayectoria profesional. Por esta razón, podemos elaborar su solicitud, además de asesorarlo y representarlo durante todo el proceso para que sea aprobada y pueda continuar su vida adulta sin que lo afecten los errores cometidos cuando era menor de edad.

No espere más y llame al 714-831-1858 para recibir la asesoría de un abogado de Sello de Registros de Menores de Orange County Criminal Attorney Law Firm.